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Louza: “TSJ en el exilio no puede vender sus sentencias como ejecutables en Venezuela”

Laura-Louza
Foto: Cortesía

A pocos días de cumplirse un año desde su instalación, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el exilio no deja de generar debate entre quienes apoyan la iniciativa y quienes no. Mientras que los magistrados exiliados justifican su actuación en la activación del artículo 350 de la Constitución y en la en la designación de los trece magistrados por la Asamblea Nacional, sectores políticos y de la sociedad civil cuestionan el proceder de este órgano.

Acceso a la Justicia, con amplia trayectoria en la defensa de la justicia, la democracia, la libertad y los derechos humanos, es una de las organizaciones no gubernamentales que está en desacuerdo, más que con la instalación del TSJ en el exilio, con sus decisiones.

Así lo manifestó la directora de la ONG, Laura Louza, quien, para empezar, aclaró que más que un TSJ en el exilio, es un grupo de magistrados que toman decisiones simbólicas.

Entrevista: 

¿Realmente existe un TSJ en el exilio? ¿Qué tan adecuado es este término?

No es el término adecuado. Si nos vamos a lo que establecen las leyes, este órgano no es legal. Jurídicamente no se puede crear un TSJ en el exilio.

… ilegal o ilegítimo?

El “TSJ en el exilio” es ilegal, sin duda, pero no ilegítimo, y es importante aclarar eso. Los magistrados que lo conforman fueron designados por la Asamblea Nacional, que es un órgano legítimo, lo que le da legitimidad a esta organización, pero no es constitucional porque no fueron nombrados como un tribunal, ni cumplen los requisitos para instalarse como uno.

Entonces, ¿cuál es su postura y la de Acceso a la Justicia con respecto a esta organización? Tomando en cuenta su estatus legal

Nosotros aplaudimos la iniciativa de conformar una organización que, estando en el exilio, denuncie lo que pasa en Venezuela, lo que no apoyamos es que el “TSJ en el exilio” venda la expectativa de que sus decisiones son ejecutables en Venezuela y que eso va a generar un cambio político. Genera más confusión  y caos, porque dicen cosas que al final no pueden cumplir.

Ofrecen algo distinto a lo que son, porque por su propia naturaleza, son solo un grupo de magistrados exiliados que toman decisiones, algo válido y valiente, pero que en realidad no generará los cambios que necesita el país. Eso de que van derrocar a Maduro, no es cierto. Jurídicamente hablando, no lo pueden hacer, y políticamente, pueden protestar y tomar sus decisiones simbólicas, pero solo eso.

Con respecto a este punto, ¿qué tan cierto es  las sentencias del “TSJ en el exilio” contribuyen a incrementar la presión extranjera en contra de Maduro? 

En la OEA y en Washington le han dado cabida y ha habido respeto hacia estos magistrados, como debe ser, y es cierto que hacen más visible la situación de injusticia, represión y autocracia que hay en este país, pero las decisiones en sí no creo que contribuyan con la presión de la comunidad internacional, porque en los órganos internacionales donde se denuncian las violaciones de los derechos humanos, se toman en cuenta a las oenegés, de acuerdo con ciertos criterios que hay que seguir, no sentencias de tribunales u otros poderes.

Además, ninguna norma extranjera admite un tribunal en el exilio. El único órgano validado para ejercer como tal es la Corte Internacional de Justicia, y es porque cuenta con jurisdicción universal, que permite que extranjeros tomen decisiones respecto a las violaciones de derechos humanos en los países, aunque no sean nativos de estos. Pero los magistrados del “TSJ en el exilio” ni cumplen con esto, ni son extranjeros, ni son un tribunal.

Incluso, el tribunal de La Haya, emite sus órdenes de captura a la Interpol, algo que no puede hacer el “TSJ en el exilio”. Eso demuestra que, aunque algunos apoyen la iniciativa, jurídicamente no tienen posibilidad de hacerla valer en Venezuela.

Tomando en cuenta esto, ¿cuál sería entonces el propósito de instalarse como un “TSJ en el exilio”? ¿Podría haber intereses financieros de por medio?

No tenemos conocimiento al respecto, pero tampoco creemos que haya intereses financieros de por medio. Más que eso, consideramos que son intereses políticos, porque ellos tienen una situación muy adversa afuera, como refugiados y perseguidos, y puede ser que algunos creyeran que de verdad podían cambiar la situación conformado este órgano en el exilio. Pero no nos queda claro porqué actuaron así.

En un supuesto de que el Gobierno de Maduro salga del poder, ¿podrían estas sentencias tomarse como válidas y ejecutarse desde Caracas?

No, porque ellos no son un tribunal, no fueron designados como tribunal, sino como magistrados individuales. Además, la Asamblea solo nombró a 13 magistrados y se requieren 32 para que el Tribunal sea constituido. No conforme con esto, los demás magistrados (del TSJ en Caracas) no fueron sustituidos, solo los trece de ellos.

Es decir, que aunque Maduro salga del poder, estos magistrados no podrían instalarse como un TSJ paralelo en Caracas…

En teoría, según las leyes, los trece magistrados exprés nombrados por la Asamblea saliente de 2015 serían sustituidos por los trece que están en el exilio y podrían incorporarse también los suplentes que forman parte del “TSJ en el exilio”, solo como suplentes. Pero igual quedarían los otros 19 que están en el TSJ de Caracas, entre ellos, Maikel Moreno.

Ese es un escenario, pero hay otros. Lo que pasa es que habría que tomar en cuenta que si Maduro sale a través de una transición, eso incluiría acuerdos, en los que podría entrar la opción de instalar el “TSJ en el exilio” en sustitución del TSJ de Caracas. Yo no lo veo, pero es una posibilidad.

En resumidas cuentas, ¿las sentencias dictadas en el exilio no tienen validez…

No.

…ni la tendrán nunca?

Lo que pasa es que ellos son magistrados, no un tribunal en sí. El escenario podría ser diferente en una transición, pero veo muy difícil que la parte del Gobierno ceda. Otra, es que Maduro salga del poder por una intervención militar, acción violenta que no apoyamos, y que, ante la falta de negociación, la junta de Gobierno que se instale decida que el “TSJ en el exilio” sustituirá al TSJ de Caracas. Esa es una opción, solo en el caso de que Maduro salga de mala manera y quien lo sustituya, así lo decida.

Basados en esto, ¿qué propondría Acceso a la Justicia en el supuesto de que Maduro salga del poder?

Lo que propondríamos es que se realice el proceso de designación de magistrados nuevamente, desde cero, incluso si el “TSJ del exilio” se instala en Venezuela. Tendría que ser un procedimiento objetivo e imparcial, porque en la situación en que está el país es muy posible que haya polarización hacia los magistrados que están en el TSJ de Caracas, y esa no es la idea.

Deben revisarse los currículos y sin son aptos para optar al cargo, sean los del Gobierno o los que están en el exilio, hay que darles la oportunidad. Este procedimiento debería realizarse con un observador internacional.

Y, en vez de un “TSJ en el exilio”, ¿qué habría propuesto Acceso a la Justicia para crear una alternativa al TSJ instalado en Caracas?

Lo que nos hubiera parecido lógico es que se creara una oenegé o algo similar al Tribunal Russell, que tomaba decisiones simbólicas que indicaban cómo se debía proceder de acuerdo con las leyes, pero que no eran sentencias obligatorias, y a pesar de esto, generaron un impacto importante en la opinión pública. Este Tribunal logró respeto y prestigio en la comunidad internacional.

En contexto

El 23 de diciembre de 2015, la Asamblea Nacional presidida por Diosdado Cabello, realizó una designación exprés y de trece magistrados principales y 21 suplentes para conformar el Tribunal Supremo de Justicia.

Calixto Ortega, Lourdes Benicia Suárez Anderson, Christian Zerpa, Luis Fernando Damiani Bustillos, Yanina Karabin de Díaz, Juan Luis Ibarra Verenzuela, Eulalia Coromoto Guerrero Rivero, Marco Antonio Medina Salas, Vilma María Fernández González, Francisco Velásquez Estevez, Iván Bastardo, Jesús Jiménez Alfonzo y Fanny Luz Márquez, fueron los trece magistrados exprés nombrados por Cabello.

El proceso fue condenado por Acceso a la Justicia, al no cumplir con los tiempos establecidos en la ley y omisión de postulados, entre otras irregularidades, como que solo tres de los magistrados cumplían con los requisitos legales para ocupar el cargo, el resto solo fueron fichas políticas colocadas por el Gobierno para mantener su poder en el órgano.

En 2017, en medio de las protestas y del desacato constitucional de los poderes del Estado, la Asamblea Nacional, con mayoría opositora, realizó nuevamente el proceso de designación de magistrados y, finalmente, nombró a trece principales y 21 suplentes, en sustitución de los nombrados de forma exprés y extemporánea por la anterior gestión.

Pero la persecución política no se hizo esperar. A pocos días de los nombramientos, varios magistrados fueron detenidos por fuerzas del Estado, mientras que otros fueron amenazados, lo que derivó en un exilio masivo de magistrados, quienes se instalaron en varios países como refugiados y en octubre conformaron el Tribunal Supremo de Justicia en el exilio.

Desde entonces, han dictado un seriado de sentencias, entre ellas, el antejuicio de mérito y posterior orden de encarcelamiento del presidente Nicolás Maduro, por su presunta participación en el caso de corrupción de Odebrecht en Venezuela. Sus controversiales decisiones, han generado una serie de deserciones, tanto de magistrados suplentes como principales, dejando, a la fecha, solo ocho principales y 18 suplentes.

Fuente: El Impulso

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