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La Municipalidad como vocera del pueblo

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José Gregorio Delgado Herrera

El 19 de abril se celebra el Día de la Municipalidad. En alguna oportunidad mi profesor de Derecho Administrativo Especial, esbozando las características del gobierno municipal y su evolución desde la colonia, señalaba el carácter no democrático de los ayuntamientos españoles, circunstancia que va cambiando progresivamente, desde el mismo acontecimiento de 1810, cuando los caraqueños mediante la voz de los diputados del pueblo, inciden en la decisión de delegar en el Ayuntamiento la suprema autoridad como garantía de la seguridad y la salud pública del pueblo, ante los sucesos ocurridos en España.

En nuestra evolución constitucional, la municipalidad de lugar a los municipios, como actores políticos fundamentales del Poder Público Municipal, así progresivamente, desde la declaración de la independencia (1811) hasta hoy (2018) el papel de los municipios electos por el pueblo se relacionan con las demandas propias de la vida local, hasta el punto de que el texto vigente de la constitución señala a los concejos municipales, como activadores del poder constituyente, a partir de las decisiones de sus cuerpos colegiados (artículo 348 CRBV)

Siguiendo la narrativa del acta del Ayuntamiento, correspondiente al día 19 de abril de 1810, se pueden obtener los datos de los acontecimientos ocurridos, que marcan nuestra historia patria en este día de júbilo y fiesta nacional. Que algunos, confunden con el día de la declaración de la independencia, a partir de la decisión del cabildo de Caracas. Cuando realmente, los cabildos se pronuncian es el 5 de julio de 1811, aprobando nuestra primera Constitución política. Pero, volviendo a la lectura del acta, un documento conmemorativo de la soberanía popular, que se expresa en la voz del cabildo caraqueño, se pueden encontrar los datos siguientes:

  • El motivo de la sesión en el Ayuntamiento, es la celebración del jueves santo y la atención de salud pública del pueblo, que está en orfandad por la invasión francesa de España, que genera el cese de funciones para casi todos sus funcionarios españoles.
  • Se plantea que ante la Regencia conformada, ésta no tiene jurisdicción en estas tierras, y se intenta salvaguardar la voluntad de los españoles y el voto de los fieles habitantes de los países peninsulares, declarados integrantes de la Corona de España.
  • Llamados al ejercicio de la soberanía interna y al cambio de la constitución nacional. Ante la impotencia del gobierno para atender la seguridad y prosperidad de estos territorios, administrarles justicia, un gobierno que no puede valerse por sí mismo, ante las circunstancias de la guerra, la conquista y la usurpación francesa.
  • Se invoca el derecho natural, para su conservación y defensa, para establecer un sistema de gobierno que supla las faltas indicadas. Ejerciendo los derechos de soberanía que han recaído en el pueblo, conforme a los principios de la constitución primitiva de España y las decisiones de la extinguida Junta Suprema.
  • El Ayuntamiento forma un cabildo extraordinario, considerando que el pueblo estaba en fermentación peligrosa bajo la amenaza de reconocer un gobierno ilegítimo.
  • Se invita al Mariscal de campo don Vicente Emparan, quien se desempeña como su presidente, verificada la reunión en condiciones poco satisfactorias para el bien político de este leal vecindario. Una muchedumbre congregada en los alrededores de la Casa consistorial, proclama a viva voz su fidelidad a Fernando VII y a la soberanía interina del mismo pueblo. Ante los gritos, ya disuelta la reunión y de camino a la iglesia, se tiene por conveniente volver al Ayuntamiento para tratar sobre la seguridad y la tranquilidad pública.
  • Aumentada la congregación popular, se nombra para que representen sus derechos, en calidad de diputados, a Madariaga, Rivas, Sosa y Roscio, admitidos en la sala junto a los integrantes del cuerpo, se integran en las conferencias conducentes, en presencia de Emparan quien preside la sesión. A establecer que no quieren ningún mando, salen al balcón, y notifican al pueblo de esta deliberación.
  • Se pide y acuerda que el mando supremo esté en el Ayuntamiento, cesan los comandos militares, y el resto de los funcionarios de la Real Audiencia, en el ejercicio de sus funciones colegiadas los señores del Ayuntamiento deben unirse con los diputados del pueblo, incluida la autoridad militar.
  • Se acuerda que el Ayuntamiento forme un plan de administración y gobierno, que sea más conforme a la voluntad del pueblo, tomando las providencias del momento que no admitan demora. Adicionalmente, se agregan como diputados del pueblo, posteriormente nombrados, Ponte, Ribas y Ustáriz, por el gremio de los pardos, en cuanto a los dos primeros, se indican con la calidad de suplir el uno las ausencias del otro, sin necesidad de su simultánea concurrencia.

Estos acontecimientos, primeros pasos de la independencia, que formalmente declararán los diputados de los cabildos en 1811, tienen un significado importante en las circunstancias actuales de nuestra Venezuela, donde se plantea el rescate de la democracia desde los municipios, en un contexto de un  “gobierno ilegítimo” que se cubre las espaldas con los militares. No es el caso de una “usurpación” extranjera, estamos en presencia de usurpadores nacionales, acusados de corrupción y narcotráfico, que se han apoderado del poder atribuido al pueblo, en el ejercicio de la Presidencia de la República y de las otras instancias del gobierno en Venezuela.

La ilegitimidad actual del Presidente en el Gobierno, llega al mundo de las academias y de las ciencias políticas, como una violación de los principios y valores de la democracia, a calificar la existencia de una “dictadura”, sobre todo, desde que invadió las legítimas funciones del Parlamento electo en el 2015, mediante decisiones judiciales que insisten en un “desacato” y la elección fraudulenta de una “Asamblea Nacional Constituyente” al margen de la Constitución de 1999, que asume funciones legislativas, que no le corresponde y se subroga en el poder electoral, convocando una elecciones presidenciales en el 2018, al margen de las garantías que requiere la soberanía popular y el pueblo en su conjunto.

Hoy los diputados del pueblo, están en la Asamblea Nacional, algunos diputados y diputadas del oficialismo, abandonaron sus escaños para aventurarse a las funciones que desarrollaría la ANC, “electa” en el 2017, aunque, aún hoy se desconocen los resultados detallados de esa elección, y se manipula la voluntad popular, mediante un carácter plenipotenciario en el ejercicio irregular de un poder “originario” como poder constituyente. Estamos a un mes de las elecciones presidenciales, fijadas por ahora para el 20 de mayo, y no resulta extraño que se modifique esa fecha, o se produzca la renuncia de los candidatos alternativos al Presidente en ejercicio, ante la falta de las condiciones y las garantías propias de una elección democrática, libre y competitiva, siguiendo los valores y principios de la soberanía popular, y un gobierno sometido a la voluntad del pueblo, según el Estado de Derecho.

El desmembramiento de las autoridades municipales, es evidente si recordamos que las pasadas elecciones de alcaldes, 10 de diciembre 2017, se hicieron separadas de los concejos municipales, y con una negativa aplastante de los opositores a participar en un proceso electoral, plegado de irregularidades. Se desarrolló con un 21% de participación, para determinar 305 alcaldías para el oficialismo  y 25 alcaldías para la oposición, aunque, en la división político territorial se indican 335 municipios. En el contexto de la crisis política, hay gobiernos cuestionados en su origen, ante procesos electorales fraudulentos. El talante democrático de los vecinos se debe imponer, para exigir procesos electorales acordes con las garantías constitucionales y legales, en salvaguarda de la  salud pública, ante un pueblo con una fermentación peligrosa bajo la amenaza de reconocer un gobierno ilegítimo, mediante elecciones arregladas.

La ilegitimidad gubernamental de origen, con sus decisiones y acciones, de espaldas al interés general del pueblo, ante la corrupción y la ineficacia generalizada, impone el rescate de la democracia desde las comunidades, para incidir en una municipalidad diferente, partiendo de la gestión parroquial. En una democracia municipal, representativa y participativa, que, se ocupa de los asuntos propios de la vida local. La hora de la municipalidad, como vocera del pueblo, es hoy una exigencia nacional, ante la crisis multiforme y compleja que ha hecho de los venezolanos del siglo XXI un pueblo en diáspora. Si las condiciones locales cambian, el vecino – ciudadano puede encontrar progresivamente la solución de una crisis, que, amenaza con dejar los padrones municipales vacíos de vecinos productivos y con una población hambrienta y enferma.

Si las municipalidades de 1810 lanzaron un primer grito de libertad e independencia, le corresponde a los municipios de 2018, lanzar un nuevo grito, ahora a favor de la autonomía y la democracia, rescatando las parroquias como espacios naturales de participación y exigiendo las elecciones conjuntas de alcaldes, concejales y miembros de las juntas parroquiales. Es una municipalidad que actúa, dando plena garantías para el control social de la gestión municipal, desde la elección de sus representantes hasta una efectiva cooperación con una administración local participativa, mediante las decisiones que formen un plan de administración y gobierno, que sea más conforme a la voluntad del pueblo, que clama por las condiciones de vida que generen su prosperidad, seguramente con un voto protesta o una abstención significativa, amanecerá y veremos qué sucede el 20 de mayo, aunque, no se esperen sorpresas con una dictadura que se proclama “democrática”.

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