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Edificio Centro Valores, local 2, Esquina de la Luneta, Caracas, Venezuela.

IVA en la venta de inmuebles

inmuebles

Por Carlos Torrealba R.

Foto: archivo WEB

El miércoles 29 de Enero de 2020 la Asamblea Nacional Constituyente aprobó, entre otras leyes, la Reforma Parcial de la Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado (IVA), la cual ya ha entrado en vigencia con la publicación de la Gaceta Oficial N° 6.507 Extraordinaria.

Antes de la aprobación de esta reforma parcial, la venta de inmuebles sólo era gravada con el impuesto sobre la renta (ISLR), excepto los de uso residencial declarado como vivienda principal. Ahora los inmuebles son objeto de doble tributación.

De acuerdo con la reforma mencionada, el gobierno gravará con un IVA a los inmuebles de entre 8% y 16,5% si la compra es realizada en moneda de curso legal, pero también aplicará una tasa de entre 5% y 25% si la misma es pactada y pagada en moneda extranjera o en criptomoneda o criptoactivo diferente a la “moneda” digital petro (Art. 27).

Las operaciones de compra-venta realizadas por la República, los órganos del Poder Público Nacional, el Banco Central de Venezuela, los entes de la Administración Pública Nacional y los agentes diplomáticos y consulares acreditados en el país están exceptuados de la aplicación de la alícuota impositiva establecida en el tercer aparte del artículo 27 de la Ley del IVA.

Mediante decreto del Ejecutivo Nacional el gobierno fijará la alícuota impositiva aplicable a la compra en moneda de curso legal o en moneda extranjera, según sea el caso.

A partir de la publicación en la Gaceta Oficial, la compra de cualquier inmueble, tanto de uso residencial como comercial, pagará IVA, con las excepciones antes mencionadas.

Con esta reforma, Venezuela será ahora uno de los pocos países donde se gravará la venta de inmuebles con IVA e ISLR.

Por lo pronto, habrá que esperar el impacto que tendrá esta reforma sobre un mercado inmobiliario en declive, caracterizado por sobre oferta de inmuebles en venta, dolarización de la oferta, demanda fuertemente deprimida por escasa capacidad de compra y, por supuesto, bajo número de operaciones de compra venta.

Hasta ahora, el mercado inmobiliario ha sobrevivido a un nivel bastante bajo por la necesidad y apremio de obtener liquidez por parte de algunos propietarios a través de la venta de sus inmuebles, aún con grandes descuentos, y de pocos compradores solventes a los cuales se le ha abierto la oportunidad de adquirir una propiedad a muy bajo precio. Esa posibilidad probablemente se reduzca significativamente por el incremento de precio que supone gravar con IVA a los inmuebles. El sueño de comprar una vivienda, por ejemplo, cada vez más es una aspiración casi inalcanzable.

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