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El derecho a la abstención en el Proceso electoral presidencial 2018

cne-3

José Gregorio Delgado Herrera

Ubicarse entre los que califican la existencia y práctica del derecho a la abstención, como una expresión de protesta ciudadana no resulta difícil, tomando en cuenta, la manifestación mayoritaria expresada en el proceso electoral presidencial venezolano del 20 de mayo de 2018, (20-M), fecha que pasará a los anales de la historia política venezolana.

Asumir el derecho a la abstención, como un “NO voto” de protesta cívica, se facilita por los contenidos asociados al llamado a la abstención y las condiciones electorales insatisfactorias, que generan el rechazo ciudadano en forma activa, 54% de la población electoral, aunque, hay una abstención crónica y militante, que representa históricamente en promedio cercano al 21% de la población electoral. La cifra de abstención del 20-M, es la más alta registrada en una elección presidencial en la historia electoral de Venezuela desde 1958.

Identificar lo acontecido este 20–M, como un proceso electoral[1], no resulta muy acorde con la definición técnico-legal que ofrece la Ley Orgánica de Procesos Electorales, pues, desde la ciudadanía hay un sentimiento generalizado de incertidumbre y ausencia de confianza, en lo que se refiere a las garantías institucionales para ejercitar su derecho al sufragio[2], en este evento electoral. Sin embargo, con ello queremos significar que el 20-M, puede ser todo menos unas “elecciones presidenciales”, sustentadas en el sufragio como un derecho que se expresa mediante “votaciones” libres, universales, directas y secretas.  Ante la ausencia significativa de votantes, 54% de abstención, y una participación relativa, 46% de electores, en su gran mayoría, coaccionados o manipulados, y sin plena garantía en la libertad y el secreto de su voto. Dando por ciertos los resultados del CNE.

El sufragio es un derecho político, y en democracia resulta válido el llamado a no votar, manifestación del rechazo ciudadano, a una “campaña electoral” con ventajismo gubernamental, mal uso de los recursos del Estado para favorecer al “candidato – presidente”, un arbitro no imparcial y un proceso electoral lleno de irregularidades o delitos electorales, y resalta la compra de votos. Se reconoce la manifestación de voluntad del 46.06 % de los electores, apenas el 28%, respalda la opción gubernamental, mientras que, 1.89% son votos nulos, y 16% apoya las opciones opositoras.

Resulta oportuno recordar una afirmación: “Votar es un derecho y no votar es un derecho”, en consecuencia, es errónea la afirmación según la cual el llamado a la abstención se calificó como “delito electoral”, pues, la mayoría del pueblo venezolano ejercitó su libre derecho a no votar, y por eso, no se puede calificar como un “pueblo de delincuentes”, en un discurso “democrático”. Aunque, los candidatos opositores, manifestaron que la abstención contribuyó a su “derrota” electoral, también destacaron las irregularidades propias de la campaña y las votaciones, hasta el punto que el candidato Henri Falcón, expresó su desconocimiento del acto electoral y del acuerdo de garantías suscrito, los considera como “no realizados” y exige la futura realización de “elecciones”.

El CNE a partir de sus resultados “irreversibles”, lanza el boletín inicial con una diferencia apreciable entre el ganador y el segundo lugar, 68% contra el 21% de la votación total. (Discurso oficialista) Antes de este primer boletín, se da el “desconocimiento” del candidato Falcón, con cuatro elementos cuestionadores: la ubicación de los puntos rojos, la manipulación del voto asistido, la prohibición de entrada a testigos y la extensión de la hora en cierre de los centros. Se espera el recurso electoral pertinente, aunque, revertir lo actuado parece muy difícil en la Venezuela de hoy. Los datos que ofrecemos, según la ficha técnica con la actualización de resultados electorales, en la página del CNE[3], consultada el 25 de mayo.

El tercero en votación, se  reúne con el Presidente de la República en funciones, el día 23 de mayo y reconoce los resultados, aunque, desde el día de las votaciones denunció las irregularidades. Se anota en el diálogo, pidiendo la liberación de los presos políticos y la apertura del canal humanitario, según lo expresó el Presidente adjudicado ante la ANC. Pero, aún faltan electores en la cuenta, aunque, no cambian la “victoria pírrica”, se dejan los números electorales para la historia. La presentación de credenciales y juramentación ante la ANC, del candidato adjudicado, es un acto que debe ser considerado nulo. Nicolás Maduro, adjudicado ganador con 6.245.862 de votos, Henri Falcón, con 1.927.387 votos. Javier Bertucci logra 925.042 votos y Reinaldo Quijada 34.614 obtiene votos. En las actas de votación, aparece un 100% equivalente a 34.143 actas, pero escrutadas  se indican 33.780 (98,93%) que terminan por validar el escrutinio, con datos por todos conocidos, hay un “ganador” del proceso electoral. Un dato en las redes sociales: En 33 actas de votación, solo el candidato Maduro obtiene votos.

Se observan dos detalles significativos, que marcan el proceso electoral: El primero, la manifestación del desacuerdo del Rector Luis Emilio Rondón, el mismo 20-M, con el contenido del boletín emitido y su crítica a los elementos del proceso electoral. Y el segundo, la declaración de la Presidenta del CNE, Dra. Tibisay Lucena, con la prohibición del pago de los “bonitos”[4] ofrecidos por la alianza de partidos oficialistas, según expresiones del mismo “candidato-presidente” y los activistas en los puntos “rojos” o “tricolor”, según el jefe de la campaña oficialista, Jorge Rodríguez. Una prueba evidente, de la respuesta tardía, a las denuncias formuladas sobre este hecho electoral delictual, efectivamente, se dio en el desarrollo de la campaña electoral y el mismo día de las votaciones.

En el proceso electoral, que culmina con las eventualidades y los resultados del 20-M, el gran “perdedor” se muestra como “ganador”, con el rechazo del 72% de los electores, aunque, el Poder Electoral insista en adjudicarlo como Presidente de la República “electo”, con el 28% de los votos, con la desconfianza en el arbitro electoral y una herida mortal a la institución del voto participativo y activo. Hay un Chavismo-Madurismo de corte populista muy disminuido, pero, que mantiene un respaldo popular importante.

El gran “ganador” del 20-M, fue el derecho a “no votar”, los abstencionistas, con el 54% del respaldo popular[5] y se le unen los votantes que expresaron su derecho a “votar” en contra de la opción del “candidato presidente”, representan el 16% de los votantes. Aquí se cumple el dicho popular: “A veces, ganando se puede perder”.

Esta “perdida electoral”, derivada del proceso observado, es coincidente con la perdida de un elemento del derecho a la democracia.  Presente en la democracia representativa, la “celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo”[6].

Se presentan estas reflexiones, el proceso electoral del 20-M, queda en entredicho, cuando no se evidencia como “elecciones” libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto. Los antecedentes y los resultados del 20-M, son un “grito silencioso”.

Tenemos un pueblo que aún espera justicia, ante la suspensión de los efectos y anulación de la “elección” de tres diputados, que ha servido por más de dos años, como excusa de un “desacato impropio” de la Asamblea Nacional, bajo el argumento de una llamada telefónica, que, anunciaba una oferta de dinero por votos.

Pero, hoy de viva voz y en imágenes de los autores, se presenta una situación semejante, encabezada por el primer mandatario nacional, en los actos de campaña, un candidato de discurso encendido y supremamente “popular”. Así que, en justicia deberíamos esperar más pronto que tarde, la suspensión de los efectos y anulación de la “elección” del Presidente de la República, para llegar a unas elecciones verdaderamente democráticas.

En unas eventuales elecciones, lo más pronto posible, el derecho a no votar (la abstención) no sería el ganador, pues, se manifestarían de forma positiva los votos opositores y algunos oficialistas.  Muy probablemente, los análisis y mayores detalles de lo ocurrido este 20-M, se verán por algunos días en los medios, mientras la crisis o un nuevo escandalo no oculte el hecho noticioso de este proceso electoral fraudulento. Esta es parte de la tarea que le corresponderá a la nueva plataforma opositora, si se quiere recuperar la confianza en el voto y en las elecciones democráticas.

 

Notas:

[1] Artículo 2. El proceso electoral son los actos y actuaciones realizados en forma sucesiva por el Consejo Nacional Electoral y sus organismos electorales subordinados y subalternos, dirigidos a garantizar el derecho del sufragio, la participación política y la soberanía popular, como fuente de la cual emanan los órganos del poder público. Ley Orgánica de Procesos Electorales.

[2] Artículo 63 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

[3]

Electores Inscritos 20.526.978 100%
Electores Actas Trasmitidas 20.369.698    99.23%
Votos Validos 9.205.849 98.1%

[4] Estos bonos “electorales”, se hicieron populares y representan entre 3, 5 y 10 millones de bolívares, según las informaciones divulgadas.

[5] Un dato para la reflexión de oficialistas y opositores: el mayor porcentaje de abstención se da en tres Estados: Táchira (72,31%), Mérida (63,03%) y Zulia (62,5%) y el menor porcentaje de abstención se da en tres Estados: Yaracuy (35,03%), Cojedes (37,54%) y Delta Amacuro (39,41%), mientras que en el Distrito Capital la abstención representa un (55,35%)

[6] Artículo 3°  de la Carta Democrática Interamericana.

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