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Ex funcionarios de Chávez desmontan fraude constituyente y llaman a su desconocimiento

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Lejos del fervor político de otrora, cuando encabezaron el gabinete de Hugo Chávez, 13 ex funcionarios de aquella administración explican pormenorizadamente las razones políticas y jurídicas que echan por tierra el fraude constituyente propuesto por Maduro. Argumentan los bloqueos a las vías electorales, la falta de una consulta popular para ir o no a una Constituyente, la inconstitucionalidad en la segmentación de la elección de los constituyentistas, además de recordar la suspensión del referéndum revocatorio y el retraso en la fecha de las regionales y municipales

Jhoalys Siverio

Un grupo de ex ministros y ex funcionarios del gobierno de Hugo Chávez, en su condición de electores, emitieron un comunicado a las autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE) exponiendo sus argumentos sobre la inviabilidad de la Constituyente convocada ilegalmente por el presidente Nicolás Maduro, destacando violaciones a la Constitución, así como evasiones por parte del ente comicial en relación a procesos pendientes como las elecciones regionales.

La comunicación está firmada por Freddy Gutiérrez Trejo, Freddy Castillo Castellanos, Ana Elisa Osorio, Clíver Alcalá Cordones, Héctor Navarro, Gustavo Márquez, Juan García Viloria, Santiago Arconada, Edgardo Lander, Esteban Emilio Mosonyi, Oly Millán Campos, Ramón Rosales Linares y Gonzalo Gómez.

Una primera consideración que hacen sobre el proceso constituyente es la vigencia de la Constitución de 1999, tanto en el orden jurídico como político; y aunque no descartan su revisión y posibles enmiendas o reformas, insisten en que una Constituyente no es el camino para ello.

“En su texto (la Constitución del 99) están meridianamente definidos los conceptos del Estado y los poderes que lo conforman, la organización territorial, y los derechos y garantías de las personas que hacen vida en nuestra sociedad. Sabemos que sus normas pueden y deben ser revisadas, y tal vez de esta acción se deriven enmiendas o reformas, pero resulta un absurdo inaceptable animar una Asamblea Constituyente que procure derogarla e implantar un nuevo pacto social”.

Agregan que la convocatoria de Maduro “no tiene ningún fundamento en los hechos, ni en el derecho”, alegando inconstitucionalidad en el procedimiento con el que se llama a una Constituyente.

“Se trataría en este caso de una descarada desnaturalización de la figura de la Asamblea Nacional Constituyente, al convertirla en arma circunstancial de estrategia o táctica política de un grupo, irrespetando su carácter histórico fundamental”.

“Las tragedias personales y sociales que viven los ciudadanos de esta tierra, en cuanto a alimentación, salud, seguridad personal y social, y otras situaciones, no se resuelven con un debate constituyente. Son medidas de otra naturaleza las que hacen falta para encarar los problemas del país y su gente. Medidas económicas de adopción inmediata, articuladas con planes sociales que no admiten demoras, son una necesidad que es urgente satisfacer, pero esto no significa de ningún modo que deba impulsarse una Asamblea Nacional Constituyente”, destacan.

El pueblo es el que decide

A las consideraciones que hacen electores que en su momento pertenecieron al gabinete del gobierno de Hugo Chávez, suman lo dispuesto en el artículo 347 de la Carta Magna.

Resaltan que “el Presidente de la República no está facultado para convocar la reunión estelar que está dispuesta en nuestra Carta Magna. Durante 1999 reconocimos la tradición antes referida, y determinamos que: el pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocarse una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”, recordaron, citando el 347 de la máxima ley del país.

De allí reiteran que el ejercicio del poder constituyente es una atribución exclusiva del pueblo. Con respecto al artículo 348, que da facultad al presidente para llamar a Constituyente, recuerdan que se trata de un paso previo a un referéndum consultivo para que sean los electores quienes decidan si quieren ir o no a dicho mecanismo.

“El ejercicio de la trascendental iniciativa prevista en el artículo siguiente, conferida al Presidente de la República, a la Asamblea Nacional, a los concejos municipales y a la iniciativa popular, no es más que el mecanismo previo para que el pueblo manifieste si se convoca válidamente la Asamblea Nacional Constituyente. Para esos efectos, la Constitución tuvo la sabia precaución de consagrar en el artículo 71 los referendos, como forma de participación en procesos sociales de la envergadura del que estamos examinando”.

“Mal podría el artículo 348 haber menoscabado el principio de exclusividad del Poder Constituyente Originario, confiriéndoselo también a determinados órganos o personas, como pretende ahora, de manera insólita, el actual Presidente de la República”, agregan.

En este sentido, aclaran que “la iniciativa de convocatoria no puede confundirse, en ningún caso, con la potestad popular de convocar. Los órganos mencionados en el artículo 348 como titulares de la iniciativa, lo son sólo para poner en marcha el proceso de consulta mediante el cual el poder constituyente originario se pronuncia afirmativa o negativamente por la convocatoria de la asamblea”.

Por otra parte, mencionan que el convocante carece de base constitucional por omitir la consulta al pueblo, además que no poseer “el sustrato de legitimidad necesario para propiciar una nueva Constitución en el país”.

Obligados a reconocer decreto presidencial

Defendiendo lo dispuesto en los artículos 2, 62 y 63 de la Constitución, rechazan la segmentación del Registro Electoral Permanente planteada por el presidente, haciendo énfasis en los “principios básicos de la democracia participativa (no corporativa) de Venezuela, como son la igualdad de derechos y la universalidad del voto, sostenemos que nada hay que discutir jurídicamente”.

“Por las razones anteriores, es forzoso concluir que los venezolanos estamos más que autorizados, obligados por la Constitución, a desconocer el deplorable decreto del presidente, convocando una Asamblea Constituyente. Sobre esta, podemos afirmar que no sólo no ha sido convocada, sino que tampoco se ha iniciado válidamente el procedimiento para la consulta constitucional relativa a su posterior convocatoria”.

Por último, reiteran que el CNE está obligado a rechazar los términos de la solicitud planteada, además de recordar que el ente electoral tiene suspendido el referéndum revocatorio, “y ha llegado el momento, en esta hora triste de la República, como lo advertimos, para que fijen de una vez, fecha de realización”, así como la fecha de realización de elecciones de gobernadores, “toda vez que todos ejercen el cargo sin la legitimidad correspondiente. Asimismo, deben precisar ya la elección de alcaldes, habida cuenta del pronto vencimiento de sus períodos”.

Fuente: http://www.correodelcaroni.com/index.php/nacional-2/item/55845-ex-funcionarios-de-chavez-desmontan-fraude-constituyente-y-llaman-a-su-desconocimiento

 

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