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¿Es la banca islámica una vía alternativa al sistema financiero actual?

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¿Cómo gestionan sus finanzas los Estados cuya legislación se declara islámica y que han sido especialmente favorecidos con la riqueza petrolífera?

María Angeles Corpas

Si el Corán condena explícitamente la usura (ribā o enriquecimiento por interés) como práctica inmoral ¿cómo pueden funcionar hoy las finanzas en los países islámicos? Efectivamente, la irrupción del capitalismo en el mundo árabe islámico en el siglo XIX significó afrontar aceleradamente una lógica económica externa, basada en el máximo beneficio y que contravenía la doctrina religiosa. Desde una situación de vacío legal, los nuevos Estados nacidos del colonialismo, comenzaron a generar poco a poco una vía alternativa: la banca islámica.

La posibilidad de crear instituciones financieras puramente islámicas nació en territorio indio 1947, previa a la fundación de la actual Pakistán. Siguiendo la estela de las fatwas jurídicas y al amparo del Movimiento de países No Alineados, surgieron en Egipto las primeras instituciones que proponían el acceso de los musulmanes a los mismos productos financieros que se imponían en el sistema mundial: la caja de ahorros Mit Ghamr (1963) y una década después la Nasr Social Bank, dirigida por al-Nayar, el mayor especialista en el sistema bancario islámico.

Una de las preguntas más comunes es ¿cómo gestionan sus finanzas los Estados cuya legislación se declara islámica y que han sido especialmente favorecidos con la riqueza petrolífera? Desde el inicio, poniendo en marcha una política financiera basada en una interpretación islámica favorable del flujo de capitales. Algunos autores hablan de “rebajamiento” o de “barnizado” de las exigencias religiosas en materia económica.

Otros los tachan de “traición”. La piedra angular sobre el que se ha sostenido este sistema ha sido la prohibición del cobro de intereses y el reparto de  en los contratos financieros, al margen de que los beneficios obtenidos se destinen a proyectos sociales islámicos.

Desde sus orígenes, la Organización de la Conferencia Islámica (1969) y el Islamic Developent Bank (1975) abordaron la cuestión. Bajo la prohibición ineludible de la usura, los bancos y grupos financieros islámicos se ha basado sus operaciones en actividades que produzcan un valor añadido.

Además, a los inversores se les ofrece la posibilidad de participar en los beneficios generados (a excepción de los gastos derivados de la gestión).  En general, estas entidades han gozado de ventajas fiscales e inversiones estatales, lo que les ha permitido ofrecer importantes dividendos a sus inversores. Obviamente, el calificativo “islámico” ha sido un valor añadido.

La falta de una legislación específica ha permitido a los bancos islámicos evitar controles gubernamentales. De este modo, las redes financieras se extienden dentro y fuera de la geografía islámica hacia Europa y Estado Unidos. Al mismo tiempo, la dirección de sus actividades se establece en los tradicionales paraísos fiscales: Suiza, Bahamas, etc.

La mayor de estas instituciones Dar al-Mal al Islami (DMI, Casa de la Riqueza islámica) está estrechamente relacionada con la casa saudí y está conectada con multitud de instituciones financieras y caritativas. La particularidad es que cada accionista se compromete a aportar la cuantía correspondiente en concepto de azaque (limosna legal). Un fondo que se utiliza para financiar proyectos humanitarios y de proselitismo (dawa) extendidas por el mundo.

Existe un consejo de juristas encargado de supervisar todas estas actividades para garantizar su legalidad de acuerdo con la ley islámica (sharía): reparto de beneficios y pérdidas.  Sin embargo, desde mitad de la década de los 90, el DMI se ha convertido en un inmenso holding. Tras los atentados del 11-S, el Fondo Monetario Internacional se apresuró a constituir un organismo que regulara y homologara las actividades financieras autodenominadas “islámicas”.

Tras la inclusión de 180 bancos, sociedades y organizaciones islámicas en la lista negra norteamericana, el Islamic Financial Services Board (IFSB, 2002) ha tenido como objetivo prioritario el de regular a las entidades bancarias islámicas, para protegerlas de la acusación de ser financiadoras del terrorismo. Este fue el caso de de at-Taqwa management Organisation, cuyas actividades quedaron bloqueadas por su relación distintas ramas de los Hermanos Musulmanes en Europa.

Fuente:

https://es.aleteia.org/2018/03/20/es-la-banca-islamica-una-via-alternativa-al-sistema-financiero-actual/?utm_campaign=NL_es&utm_source=daily_newsletter&utm_medium=mail&utm_content=NL_es

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