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¿Cómo salvar Citgo de su inminente remate?

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Por Víctor Álvarez R. | @victoralvarezr

Citgo está a punto de ser rematada por un tribunal de EE.UU., mientras el Gobierno y la oposición no hacen sino echarse la culpa de quién es el responsable de su inminente pérdida. La oposición acusa al Gobierno por las expropiaciones y emisión de deuda garantizada con las acciones de Citgo y el Gobierno acusa a la oposición por el mal manejo que ha hecho de los activos de la República en el exterior. 

En EE.UU. no se puede embargar los activos de una compañía para cobrar una deuda del dueño porque se trata de dos figuras jurídicas distintas. Por lo tanto, ni las deudas por nacionalizaciones, ni los laudos contra la República, deberían cobrarse con cargo a Citgo porque ésta jurídicamente es propiedad de Pdvsa, y no de la República. 

Sin embargo, las cortes estadounidenses argumentan que el gobierno interino de Guaidó dio base para demostrar que la República y Pdvsa son la misma figura jurídica y que tienen un mismo patrimonio contra el cual se puede cobrar la indemnización que reclaman los acreedores de la República. 

A partir de 2019, el gobierno de EE.UU. reconoció a Juan Guaidó -para entonces presidente de la Asamblea Nacional 2015-, como Presidente de la República, y en esta dualidad de funciones Guaidó procedió a designar la nueva Junta Directiva ad hoc de Citgo. El juez Leonard Stark encontró pruebas para demostrar que el gobierno interino ejerció un control extensivo de Pdvsa al utilizar fondos de sus  filiales para sus propios fines, ordenar a Pdvsa suspender pagos del Bono 2020 y anunciar que la deuda de Pdvsa y la República tendrían el mismo trato. 

Aunque Pdvsa nunca tuvo negocios con Crystallex -y el litigio de la minera canadiense es contra la República de Venezuela-, el marco legal estadounidense contempla la figura del alter ego que permite al afectado por el impago de una deuda, embargar otros activos propiedad del deudor moroso. Con las evidencias mencionadas, el juez Stark determinó la aplicación del principio de alter ego que identifica como uno solo, tanto el patrimonio de la República Bolivariana de Venezuela como el de Pdvsa y sobre esa base sentenció el remate de las acciones de PDV Holding para pagar la indemnización que reclama Crystallex a la República. 

Este fallo basado en la figura del alter ego sentaría un precedente jurídico que puede ser utilizado en otros juicios que buscan cobrar indemnizaciones pendientes con cargo a los activos de Venezuela en el exterior. Citgo también está en la mira de los tenedores del Bono 2020 de Pdvsa, el cual se emitió con una garantía del 51 % de las acciones de Citgo, así como de otros acreedores que reclaman a la República el pago de deudas pendientes. El interinato se negó a pagar el Bono 2020 por considerar que fue emitido ilegalmente, sin la aprobación de la AN-2015. 

Después que la Corte de Apelaciones ratificó el control que el gobierno interino ejerció sobre Pdvsa, la Corte Federal de Distrito, en Delaware, emitió la orden de vender las acciones de PDV Holding y el Juez Leonard Stark presentó el cronograma de subasta. 

¿Por qué no se ha concretado el remate de Citgo?

Recordemos que el 19 de julio de 2018, con Nicolás Maduro en los últimos meses de su primer mandato reconocido por EE.UU., la OFAC emitió la Licencia General 5 (LG5) que eliminó el obstáculo impuesto por la Orden Ejecutiva para que los tenedores del bono Pdvsa 2020 ejecutaran la garantía del 51,1 % de las acciones de Citgo. Después, el 24 de octubre de 2019 -y ya con Guaidó como presidente interino-, la LG5 fue sustituida por la Licencia General 5A, que pospuso la autorización para ejecutar la garantía. 

El remate de Citgo no se ha concretado porque aún está protegida por una licencia de la OFAC que impide a los demandantes contra Venezuela hacer cumplir las sentencias de los jueces y confiscar sus propiedades. Para evitar que la responsabilidad del remate de Citgo cayera sobre el gobierno interino reconocido por EE.UU., el Departamento del Tesoro decidió proteger a Citgo de los acreedores y desautorizó cualquier tipo de transacción con las acciones de Citgo.

Disuelto el interinato: ¿Quién asume la defensa de los intereses de la República en EE.UU.?

El pasado 3 de mayo, la OFAC concedió la Licencia General 42 que autorizó a la AN-2015 a negociar con los acreedores las deudas de Pdvsa y la República. Y el 5 de mayo, Citgo consiguió una nueva prórroga para evitar el remate de las acciones que los acreedores gestionan ante las cortes estadounidenses.  Sin embargo, la vicepresidenta Delcy Rodríguez, considera que esta licencia “autoriza a la estafa que se autodenomina AN de 2015 para que se relacione e inicie procesos de negociación con acreedores contra Venezuela o Pdvsa” y rechazó la decisión.

Si el Gobierno y la oposición no se ponen de acuerdo, Venezuela perderá Citgo, una vez que la OFAC permita el remate de las acciones para pagar las indemnizaciones que la República tiene pendientes.

A todas estas, el juez federal Paul B. Matey, accedió a una moción de suspensión del embargo que fue solicitada por la Junta Directiva ad hoc de Citgo designada por el interinato y que aún es reconocida por el gobierno y el sistema de justicia de Estados Unidos. Pero la disolución del interinato genera varios problemas legales ante la justicia estadounidense y venezolana, toda vez que el destino de Citgo quedó en manos de un Consejo de Administración y Protección de Activos designado por la AN-2015. Pero en el derecho constitucional venezolano, la negociación de la deuda pública es competencia del Ejecutivo Nacional, razón por la cual ni la AN-2015 ni la AN-2020 pueden controlar la negociación de la deuda.

En cualquier caso, la suspensión de estas causas concede un tiempo extra para que el gobierno y la oposición -en vez de seguir echándose las culpas- gestionen conjuntamente ante los acreedores y el gobierno de EE.UU. un compromiso de pago que evite el remate de Citgo. Esto pasa por corregir la falta de autonomía de Pdvsa ante el gobierno interino. Dinorah Figuera es reconocida como presidenta de la AN-2015 por el gobierno de EE.UU. y puede designar otra Junta  Directiva ad hoc de Citgo que cumpla con los principios básicos sobre el manejo de empresas y corregir los errores del interinato que dieron origen a la aplicación del alter ego

El remate de Citgo sería un lamentable desenlace para Venezuela. Se perdería un importante complejo refinador muy necesario para generar recursos que apuntalen la reconstrucción del país. El interés nacional no puede aceptar que Crystallex ni ninguna otra compañía cobre -con cargo a las acciones de Citgo- las indemnizaciones que reclaman a la República. Citgo es una figura jurídica distinta, nunca fue deudora de Crystallex y no tiene ninguna relación comercial ni financiera con la minera canadiense. Por lo tanto, sus acciones no pueden ser embargadas para pagar una deuda que Citgo nunca contrajo.

Escuche el análisis completo en el nuevo podcast de #PedagogíaEconómicaYElectoral https://t1p.de/xaskt

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