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Una propuesta de representación política de la diáspora venezolana en la Asamblea Nacional

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Por: Carlos Carrasco Muro y César González

En medio de los desafíos que se presentan en el contexto político venezolano, existe un factor que no se debe desplazar ni obviar al momento de abordar unas posibles elecciones en Venezuela. Ese factor es la diáspora, donde se encuentran más de 8 millones venezolanos que tienen el derecho a participar.

Por esa razón, resulta importante proponer cuáles serían las rutas para encaminar un proceso político, donde la diáspora pueda ser incluida. Durante 2024 y 2025, se llevó a cabo un estudio, a través de un análisis comparativo de los marcos institucionales de la representatividad de otras diásporas de la región; así como también, incluyo la aplicación de una serie de entrevistas semiestructuradas a representantes políticos y miembros de las diásporas de otros países. Esto se complementó con la observación electoral de una elección presidencial de República Dominicana, en la ciudad de Nueva York, que alberga la mayor cantidad de migrantes dominicanos habilitados para votar en el exterior.

Fuente: Elaboración propia de la ONG Plan País

Como resultado de este estudio, se propone una hoja de ruta sobre cómo sería aplicable la participación de las personas migrantes venezolanas en nuestro órgano de deliberación actual, que es la Asamblea Nacional. A continuación, se presenta un breve resumen de ese estudio para conocimiento de la sociedad civil y los partidos políticos. Se abordan al menos cinco (5) dimensiones: constitucional, legislativa; ejecutiva; electoral; y política.

Dimensión constitucional

Se puede identificar que un paso fundamental para avanzar en una representación efectiva de la diáspora venezolana a nivel parlamentario debería estar orientada a una reforma a nivel constitucional, a través de una enmienda. Esta reforma debería modificar el Artículo 186 de la Constitución de la República sobre el Poder Legislativo Nacional.

Una reforma basada en algún principio mínimo de representación proporcional debería reconocer el derecho a la elección de un determinado número de diputados. Para ello es menester determinar la circunscripción del exterior. Esta debería establecerse de manera precisa. Considerando la dimensión de la población migrante fuera de Venezuela, si se establece una circunscripción, esta sería más grande que cualquiera dentro de Venezuela. Por esta razón, resultaría necesario precisar una regla clara, basado en algún criterio que garantice la proporcionalidad.

Por otro lado, en el marco jurídico que respalda el voto en el exterior, solo está enunciado por el derecho al sufragio desarrollado en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE). Sin embargo, resulta importante considerarlo dentro de la Constitución para que tenga mayor sustento jurídico.

En función del análisis realizado y las consultas a expertos, se estima que en propuesta de esta naturaleza, no sería necesario una reforma a la Constitución, ya que no se modifica el fondo de esta. La recomendación debería gestionar una enmienda constitucional, ya que solo se haría una modificación puntual a ciertos artículos como el Artículo 186 para incluir el derecho a la representación en la Asamblea Nacional. No obstante, esto no sería suficiente y se debería desarrollar de manera explícita este derecho, a través de una ley orgánica.

Dimensión legislativa

En el marco de la adecuada participación de los representantes de la diáspora en el órgano legislativo, también se debería implementar una reforma en el Reglamento de Interior y de Debates de la Asamblea Nacional. En función de la orientación y disponibilidad de recursos para esta participación, se deberían modificar el Artículo 13 y Artículo 20 para permitir la participación telemática y la integración de los nuevos diputados respectivos a la circunscripción del exterior.

No obstante, ante las múltiples y específicas disposiciones de este reglamento, se debería realizar una revisión exhaustiva para garantizar la participación sin barreras. De igual manera, dentro de la Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional, que se encarga de evaluar el presupuesto del mismo órgano, se debe considerar la incorporación de estos nuevos representantes

Dimensión ejecutiva

Resulta importante promover una modificación de la Ley Orgánica de Identificación, que permita la identificación de las personas naturales venezolanas en el exterior, ya sea la expedición de cédula por primera vez o su renovación. Además, esta modificación también respondería a un derecho constitucional como es el Artículo 56 de la CRBV.

De igual manera, en el artículo 26 la Ley Orgánica de Identificación establece que el pasaporte es el documento de viaje expedido por el Estado, mediante el cual se identifican los venezolanos en el extranjero. Basado en este argumento, el pasaporte sería suficiente para votar en el caso de los venezolanos que se encuentren en el exterior; así también como documento válido y único, que pueda ser avalado tanto como la cédula de identidad para realizar tanto la inscripción en el registro electoral permanente.

Dimensión electoral

En el marco de la Ley Orgánica del Poder Electoral, se debería modificar el artículo 33 sobre las competencias del CNE para garantizar la elección de los representantes de los venezolanos en el exterior. De igual manera, se debería considerar la modificación del artículo 41, donde se permita la existencia de una Oficina Regional Electoral en el Exterior por cada una de las circunscripciones para el exterior.

También, resulta necesario la modificación de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, que permita la postulación de los venezolanos en el exterior para los cargos de elección popular, específicamente para los cargos de diputados a la Asamblea Nacional. Es importante mencionar que, existe un vacío legal importante dentro de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. En su artículo 124, se establece la potestad que tiene el CNE en emitir algún tipo de instrumento que establezca el manejo de las elecciones en el exterior. Sin embargo, no contempla una circunscripción especial fuera del país, como tampoco una junta electoral (creada en los momentos que se realice elecciones), que normalmente es representa por el cuerpo diplomático, pero tampoco se establece la determinación de los miembros de mesa, ya que es algo generalizado y que se ha manejado por procesos internos. Esto se presta a confusiones y genera diferentes premisas. Sería idóneo que se establezca de forma taxativa los instrumentos para las elecciones en el exterior dentro de la norma.

Dimensión política

La representación de la diáspora venezolana en la Asamblea Nacional implica una modificación en la composición política del país, esto pasa por una matriz cultural en las orgánicas internas de los partidos políticos, pero también implica modificaciones a nivel institucional. En ese sentido, también resultaría necesario modificaciones en la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, especialmente el artículo 9, donde se limita la presencia de los partidos políticos a nivel nacional.

Si bien estas reformas en la dimensión política pueden tener una relación estrecha con el CNE, también se debe incluir la participación de otras instituciones como la Contraloría General de la República, Procuraduría General de la República y la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. De igual manera, la representación en el exterior implica modificaciones en las estructuras internas de los partidos políticos que deberían ser transparentes para la ciudadanía, ya sea que estén bajo la figura secretarías en los países de acogida, seccionales o delegados.

Propuesta hacia el futuro

A través de los distintos mecanismos de análisis presentados en este reporte, se puede identificar que la propuesta más viable para la representación de la diáspora venezolana en la Asamblea Nacional se centraría en una enmienda constitucional que establezca tanto el voto en el exterior de manera taxativa como la creación de las circunscripciones especiales para las elecciones de la Asamblea Nacional en el exterior.

Para materializar esta propuesta de participación y representación en el parlamento venezolano, se recomienda al menos cinco (5) recomendaciones que la sociedad civil y los partidos políticos debería promover como son 1) La generación de un acuerdo político por

la integración y la participación política; 2) Crear un consejo asesor de migración y refugio con reconocimiento del Estado venezolano; 3) Crear una Comisión Especial en la Asamblea Nacional para atender los asuntos concernientes a la diáspora venezolana; 4) Promover una jornada especial de inscripción electoral; y 5) Promover la renovación de los acuerdos internacionales que permita la promoción de la migración, regular, ordenada y segura.

La existencia de la diáspora venezolana con una cifra que alcanza los 8 millones de personas obliga a generar políticas con pasos y procesos claros para una participación efectiva de esta población en un escenario de transición democrática o de democracia plena. Esta participación, también podrá alimentar la reinstitucionalización del país.

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