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Del perdón como decisión, sus matices y contradicciones

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Víctor Manuel Álvarez Riccio

 Para celebrar su 50 aniversario, el 12 de abril de 2016 la Escuela de Filosofía de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) desarrolló, junto al Instituto de Teología para Religiosos (ITER), la Escuela de Psicología, la Escuela de Derecho y la Maestría en Filosofía un evento que trató de un tema sensible para Venezuela: el perdón. La actividad incluyó cuatro disertaciones de expertos de distintas áreas.

La perspectiva psicológica

La psicóloga Ana Gabriela Pérez explicó que el tema del perdón es reciente en los estudios de la mente y que también son recientes las llamadas terapias del perdón. Estas terapias, dijo la doctora, pueden ser incongruentes con la visión tradicional del tratamiento psicológico que está libre de valores y de conceptos morales sobre lo que es bueno o malo, y esto representa un reto para quienes deseen ayudar en un consultorio psicológico a otros a perdonar.

Por otro lado, Pérez advirtió que se presenta, al estimular el perdón como forma de sanación, la contradicción de quitar a la víctima su derecho al resarcimiento. ¿Qué no es el perdón? Para Pérez, el perdón no incluye la negación de los daños, ni el olvido, ni la justificación, ni la reconciliación si la víctima no la desea. ¿El perdón es la única vía para sanar una herida psicológica? Pérez expresó que el perdón es una decisión de las personas agredidas y que ellas están en libertad de buscar otras vías para superar sus traumas. La solución de los traumas significará que el rencor, la ira o la humillación no matizarán todos los aspectos de la vida de la persona, pero para esto no hace falta la reconciliación con el victimario.

La doctora se refirió a las situaciones dramáticas de violencia y explicó que ese tipo de experiencias revelan a las personas “la verdad de que los hombres hieren” y que el azar “es el verdadero tutor de la vida”, lo que rompe cualquier ilusión de seguridad y control. Ante esto, sugirió no estimular una fantasía del perdón o una fantasía del castigo como soluciones para la ruptura emocional de víctimas de experiencias dramáticas porque “imperdonable es el perdón antes de tiempo”, antes de que la persona haya trabajado y explorado su trauma y sus heridas.

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La perspectiva jurídica

El profesor Tulio Álvarez habló sobre el papel del Estado en los procesos sociales de conflicto y reconciliación. “¿A quién corresponde el perdón? ¿Al Estado, a través de leyes de amnistía, a través de leyes de punto final? Realmente, en todo proceso de conflicto el perdón corresponde a la víctima, y cuando hablamos de bandas en conflicto, hay víctimas de banda y banda, de ambos lados. Para que se genere una solución a ese conflicto, necesariamente hay un ingrediente clave (…) que es el reconocimiento del otro”, expresó.

De acuerdo con el jurista, además del reconocimiento del otro, la sociedad requiere desarrollar un adecuado proceso de negociación, actos aceptables de justicia y regulación postconflicto para que la reconciliación pueda ocurrir luego de enfrentamientos de grandes dimensiones.

En opinión del profesor universitario, la Ley de Amnistía que aprobó la Asamblea Nacional no “tiene nada que ver con un proceso de paz y reconciliación, ese no era su objetivo (…). Hay que decir es la verdad: la Ley de Amnistía es un acto de justicia. Esa es la verdad, pero no es un acto de reconciliación. ¿Por qué? Porque un sector de la sociedad, manipulado o no manipulado, eso no importa, se siente agredido”.

Finalizó su intervención con el señalamiento de que un verdadero proceso de reconciliación debe incluir el restablecimiento de las relaciones humanas; para lograr eso, cada una de las partes en conflicto debe reconocer su responsabilidad en los hechos de violencia social.

La perspectiva teológica

El padre Manuel Teixeira, doctor en teología, advirtió que el perdón es difícil como lenguaje, como reflexión y como acción. “El perdón es imposible humanamente, pero es una verdad teológica”, afirmó.

Misericordioso, clemente, lento a la ira, rico en amor y fiel: estos son algunos de los atributos del Dios judeocristiano que Teixeira vinculó a la gracia del perdón. Recordando pasajes de la Biblia, mencionó que el texto habla de un Dios que mantiene su amor “por mil generaciones” y perdona las iniquidades, mas no las deja impunes y castiga hasta la tercera generación la falta de los padres.

Para Teixeira, Dios se desborda en amor y no en castigo, pero no deben los creyentes entender ese castigo de la forma que lo entienden en el ámbito judicial, como la anulación de derechos de un condenado. El castigo de Dios, sostuvo Teixeira, es una corrección amorosa que está relacionada con los atributos divinos anteriormente mencionados: misericordia, clemencia y fidelidad.

“Tiene más que ver con corrección amorosa que no deja al que cometió el pecado en el límite de su propia bajeza y lo eleva a la altura de la posibilidad de lo humano”, añadió.

Indicó que la palabra perdonar está relacionada con otro verbo, donar. ¿Qué es lo que se dona? Según el teólogo, al perdonar donamos la posibilidad de que la persona que cargaba con la culpa vuelva a sentirse íntegra. El perdón, en esa acepción, crea una responsabilidad compartida entre las personas que participan en él por los dones recibidos.

La perspectiva filosófica

El director de la Escuela de Filosofía, Mario Di Giacomo, fue el último ponente del evento. En su exposición consideró lo que es el perdón y cómo las personas pueden llegar a perdonar. Explicó que la vida humana está sometida a riesgos y que en la trama de existencias cruzadas y de relaciones inadvertidas ocurren consecuencias impredecibles y, algunas, imperdonables. Ante esto, la sociedad judicializa la amnesia, estimula el obligado olvido de las faltas a través de prevenciones y remedios a las víctimas con la intención de normalizar la vida social. A esta práctica Di Giacomo la describió como la “revocación artificial de las vergüenzas”.

“El perdón pierde su foco en las políticas de la amnesia (…). Podemos aprobar una Ley de Amnistía, que no la vamos a aprobar, evidentemente, y sin embargo en una Ley de Amnistía puede estar contenida una serie de injusticias, pero al mismo tiempo es inevitable aprobarla. Las sociedades no pueden sino admitir una política semejante bajo pena de jamás recomenzar un camino conciliado”, manifestó el doctor en filosofía.

Dijo el profesor que el perdón “puro”, subjetivo, no institucional ni funcionalista, es un proceso de purga que “enjuga, pero no borra” las cicatrices de las heridas. “Una política del perdón dejaría de lado el carácter irreparable del daño, la amnesia obligada por razones funcionales avalaría la existencia de víctimas y victimarios, por esto, los victimarios se verían absueltos de aquello que es precisamente irreparable”, expresó.

En su exposición, indicó que el perdón se encuentra al margen de las instituciones del castigo y de la teatralización de la penitencia. El perdón, además, no puede ser solo desgaste del tiempo, ese que sirve para olvidar faltas leves. Por lo anterior, el perdón de lo imperdonable, que no es solo avance del reloj, es un acto de espiritualidad donde las consciencias heridas e hirientes tienen que encontrarse para paradójicamente enriquecerse sin olvidar la falta, aunque en el proceso lleguen a actuar como si la hubieran olvidado.

Este proceso, reiteró Di Giacomo, no puede ser administrado políticamente, porque se obvian las contradicciones de las personas que deben lidiar con el dolor. Así las cosas, el perdón deja incluso de ser una decisión volitiva de las partes involucradas y se convierte en un devenir, algo que eventualmente puede o no suceder.

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