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Una anécdota del 5 de julio de 1811 entre un cura y un prócer

Martín Tovar y Tovar. Boceto para la Firma del Acta de Independencia

Por Juan Salvador Pérez

Como ya sabemos, el 5 de julio de 1811 no se firmó ningún acta de independencia.

El Congreso General convocado en 1810, para decidir la mejor clase de gobierno para Venezuela mientras durara el cautiverio del Rey Fernando VII, se había instalado el 2 de marzo de 1811. Conformado por 43 diputados, constituyó un Gobierno provisional y comenzó sus sesiones para decidir el futuro de Venezuela.

Básicamente existían dos facciones: unos que apostaban a la independencia y otros que preferían mantenerse fieles a la corona española. Y por supuesto, entre los dos extremos, un grupo grande de indecisos y dudosos.

Quizás se sepa poco, pero 9 de aquellos 43 diputados eran clérigos. Hombres de la Iglesia, que si bien podían estar en uno u otro bando al igual que el resto, atendían primeramente a su condición de sacerdotes católicos, de pastores. Entre estos 9 sacerdotes diputados, se encontraba el padre Ramón Ignacio Méndez, representante por Guasdualito, Provincia de Barinas.

Poco a poco, con el pasar de los meses, los grupos se iban definiendo; sin embargo, no se terminaba de tomar una posición. Así, en los últimos días de junio y primeros de julio, la Sociedad Patriótica (aquel influyente grupo que se había convertido en el principal promotor del rompimiento con España) decidió apretar el paso, se hacía necesario concretar.

El 3 de julio los diputados afectos a la Sociedad Patriótica comienzan seriamente a presionar y a exigir un pronunciamiento definitivo: la independencia de Venezuela.

La jugada funcionó. El debate se aceleró.

En la sesión del 5 de julio comienzan las acaloradas y largas discusiones entre las posiciones de los diputados. La postura independentista cada vez gana más adeptos, poco a poco los diputados dudosos se van sumando a la idea. La intención de aprobar la declaración de independencia parecía indetenible entre los diputados.

Y es justo en ese momento tan crítico de la discusión cuando el padre Ramón Ignacio Méndez, que había llegado tarde a la sesión, solicita el derecho de palabra y comienza su exposición.

Méndez era un hombre reconocido y escuchado, y por tanto su intervención tendría gran importancia por su influencia. A fin de cuentas, era la voz de la Iglesia.

Quizás por la novedad, el ánimo y la emoción de los diputados participantes en ese primer Congreso; quizás porque nunca fue la intención verdadera de aquella Junta Suprema de Caracas de 1810, quizás porque habían cambiado los tiempos y las circunstancias, quizá simplemente porque pasó por inadvertido o, en todo caso, como un tema menor; pero el hecho es que en toda la discusión sobre la independencia, se había dejado a un lado el origen e inicio de todo: el juramento de 1810.

El padre Méndez —más como pastor que como prócer— centró su intervención en ese punto crucial, para lo cual planteó dos preguntas y condicionó la firma del acta a las respuestas que se le dieran:

Sea la primera, que seríamos refractarios del juramento con que nos hemos obligado a conservar los derechos del señor don Fernando. Y por un acto libre y espontáneo expresado en la solemne instalación de este cuerpo, reparo que propongo con la denominación de religioso. Sea el segundo, que denominaré político, el que habiéndonos de elevar al alto rango de nación independiente necesitamos más que nunca que nuestros pasos vayan de acuerdo con los sentimientos de las demás naciones. ¿Y cómo es posible que los Estados nos admitan a tan distinguido rango cuando damos principio a esta grandiosa obra por desconocer en público lo mismo que hemos protestado en cuantos papeles públicos han salido de nuestras manos desde el 19 de abril, a saber: que reconocemos y conservamos los derechos del señor don Fernando VII? ¿No es violar la fe pública desentendernos ahora de estas mismas promesas y desmentir a la faz del universo lo que tanto ya hemos repermitido? ¿Qué juicio o qué concepto sino el más triste formarán de nosotros esas mismas naciones con quienes vamos necesariamente a entrar en relaciones?

Con aquella incisiva exigencia, el padre Méndez obligaba al foro a pensar, buscar y dar razones serias, argumentos robustos, para decidir nuestra independencia. Dejó claro que no se trataba de un tema menor: lo que estaba en el tapete era precisamente el primer acto soberano de una nación, su declaración de independencia, su partida de nacimiento, y este no podía ser un acto espurio, oscuro, o con vicios de origen. Debía ser un acto seriamente pensado, seriamente reflexionado.

Las respuestas demandadas por Méndez serán impecablemente satisfechas por Juan Germán Roscio, quien asiéndose de la tradición del pensamiento escolástico del jesuita Francisco Suárez, utiliza la concepción de la ruptura del contrato social por una de las partes, a saber, la Corona Española, pudiendo entonces la otra parte afectada –la comunidad– crear un nuevo vínculo.

Otorgadas las razones exigidas, el padre Méndez acuerda firmar el acta de declaración de Independencia (en los días siguientes), pero aún más importante: de este incidente, de este choque entre las ideas liberales y los planteamientos a contracorriente de un clérigo, se erige con total seriedad el primer acto de nuestra historia republicana.


1. Ramón Ignacio Méndez. Manuel Donis Ríos. EL Nacional, Biblioteca Biográfica Venezolana. 2005

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