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Edificio Centro Valores, local 2, Esquina de la Luneta, Caracas, Venezuela.
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Foto: Federico Parra

Por Alfredo Infante s.j.

Hemos venido insistiendo en que, en el contexto de pandemia a nivel global, se han fortalecido los autoritarismos y se han afianzado los mecanismos de control social, lo que representa un desafío que debe afrontar la sociedad civil organizada nacional e internacional. Una señal de esta tensión entre autoritarismo estatal y una sociedad civil que busca ser escuchada y respetada, es lo que está ocurriendo en estos días en Colombia. La protesta social pacífica es un derecho humano inalienable y el recurso más adecuado con el que cuenta la ciudadanía cuando los espacios de participación se han cerrado.

Tal como lo reseña el documento Rescatemos el derecho a vivir en democracia: decálogo para la acción (hoja de ruta que presentó la UCAB junto a Provea y Espacio Público para orientar a la ciudadanía en la defensa del Estado de derecho y la recuperación de las condiciones de vida), en Venezuela “el derecho a la protesta ha sido cercenado por vías diversas. El país ha sido testigo en reiteradas ocasiones de la represión indebida y exacerbada ejercida contra manifestantes”. El decálogo advierte que “líderes sindicales y defensores de derechos humanos han sido detenidos o amenazados por realizar las tareas que les corresponde” y que, además, se ha querido imponer que las protestas sociales sean previamente informadas y licenciadas por el Gobierno, contrariando el espíritu de los derechos ciudadanos expresados en nuestra Constitución: “el derecho a la manifestación pacífica no puede estar condicionado a autorización previa (arts. 53 y 68 CRBV)”.

Recordemos que en 2015, como respuesta a la ola de protestas de febrero-marzo de 2014, a contravía de la Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos, el ministro de la Defensa, Vladimir Padrino López, firmó la resolución 8.610, publicada en Gaceta Oficial 40.589, que criminaliza el derecho a la protesta permitiendo el uso de armas de fuego por parte de las fuerzas militares contra los manifestantes. En realidad, con dicha resolución, el general no hacía otra cosa que definir lo que hasta ese momento había sido la política de Estado contra las protestas sociales. Por cierto, el 29 de abril de este año, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia rechazó un recurso de nulidad introducido en contra de la resolución, lo que demuestra el espíritu represivo que guía a los distintos poderes del Estado. 

Este patrón de actuación que señala como enemigo interno a la sociedad civil que ejerce su derecho a la protesta -expresado en la resolución 8.610- es una clave para leer las detenciones arbitrarias, torturas y los ajusticiamientos ocurridos en las manifestaciones de 2017 y 2019, en su mayoría jóvenes que exigían condiciones de vida digna y un país democrático con oportunidades para el desarrollo social y personal. Una de las víctimas más emblemáticas de esta política de Estado es Juan Pablo Pernalete, estudiante de la Universidad Metropolitana asesinado por el impacto de una bomba lacrimógena. Al ocurrir los hechos, “el discurso del gobierno de Nicolás Maduro (…) explicado por el entonces ministro de Comunicación e Información, Ernesto Villegas Poljack, fue que el joven murió por el impacto de una pistola de perno que otras personas, que se encontraban en la manifestación y cerca del muchacho, habrían accionado contra éste” [1].

Sin embargo, ahora, ante el avance del caso del joven en la Corte Penal Internacional (CPI) y en el contexto de la conclusión del examen preliminar sobre Venezuela en la CPI, el fiscal general de la República, Tarek Willam Saab, ha cambiado la versión oficial y ha reconocido que Pernalete fue asesinado por oficiales de la fuerza pública: “La Fiscalía de Venezuela imputó a 12 agentes militares de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) por la muerte de un estudiante impactado por una bomba lacrimógena durante la dispersión de una protesta contra el gobierno en 2017”. Con esta decisión, el titular del Ministerio Público pretende maquillar la justicia y hacer ver que tal asesinato es un hecho aislado y no un patrón sistemático y generalizado, que configura una política de Estado de criminalización de la protesta ciudadana y de ejecución extrajudicial, buscando librar al gobierno de un juicio por crimen de lesa humanidad.

Pese a todo este patrón represivo, en la presentación del informe 2020 del Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS), su director, Marco Antonio Ponce, señaló que las protestas en Venezuela no se han detenido. “Ni la represión del régimen de Nicolás Maduro ni el COVID-19 detuvieron a la sociedad civil en la exigencia de derechos. Vecinos, trabajadores, sindicatos y gremios demostraron que hay un país que quiere vivir con dignidad y en democracia” [2]. De acuerdo con el OVCS, el año pasado se registraron 9.633 manifestaciones en todo el país (unas 26 diarias) mientras en el primer trimestre de 2021, la cifra alcanzó 1.506 protestas [3].

Esto es una señal de que el poder no podrá aplastar el grito de los excluidos que claman por el respeto a su dignidad y el restablecimiento del Estado de derecho, tal como nos relata el evangelio en la historia del ciego Bartimeo, quien ante aquellos que le mandaban a callar, seguía gritando hasta ser escuchado y reconocido por el Nazareno, Señor de la vida (Lc 18, 35-43).


*Párroco de la Parroquia “San Alberto Hurtado”, La Vega, parte alta. Coordinador de DDHH de la Fundación Centro Gumilla. 

Notas:

[1] https://talcualdigital.com/tarek-william-saab-admite-que-juan-pablo-pernalete-murio-por-impacto-de-lacrimogena/

[2] https://www.observatoriodeconflictos.org.ve/tendencias-de-la-conflictividad/informe-anual-situacion-de-la-conflictividad-en-venezuela-en-2020

[3] https://cronica.uno/primer-trimestre-del-ano-2021-registra-1506-protestas-en-venezuela/

Fuente:

Boletín del Centro Arquidiocesano Monseñor Arias Blanco: N° 102 / 07 al 13 de mayo de 2021. Disponible en: 📢 https://mailchi.mp/56d39a068f69/signos-de-los-tiempos-n-102-07-al-13-de-mayo-de-2021  

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