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Novedades constitucionales en 2025

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Al momento de escribir estas líneas, una Comisión Nacional designada por Nicolás Maduro revisa un Proyecto de Reforma Constitucional que, según reporte de Misión Verdad del 17 de febrero de 2025, pretende:

  • Ampliación y perfeccionamiento de la democracia participativa, protagónica y directa: “Es un empeño por construir un nuevo sistema de Estado democrático e incorporar el Poder Comunal, Social y Popular”.
  • Construcción de una nueva sociedad: “Definir los parámetros, valores y principios a establecer para una sociedad más humana desde el bolivarianismo. Estamos ante un mundo multicéntrico y pluripolar y hay que avanzar en ese sentido”.
  • El nuevo modelo económico diversificado: “No dependiente y autosuficiente; este modelo es estructural y vital. Hemos logrado buenos resultados, con esfuerzo propio. Ahora, hay que avanzar aun más en la construcción de una nueva economía”.
  • Actualización: “Jurídica, constitucional y política de todo el engranaje” de la carta magna de 1999.

No se conocen los casi ochenta artículos que, según Maduro, tiene el Proyecto. Sí puede encontrarse en la página web del Ministerio del Poder Popular de Planificación el Plan de la Patria de las 7T, las grandes transformaciones rumbo al 2030, presentado como resultado de un Gran congreso nacional del bloque histórico, bolivariano, popular, chavista y socialista de Venezuela para el siglo XXI. Es de suponer que Proyecto y Plan están vinculados estrechamente, como estaban la reforma constitucional propuesta por Hugo Chávez en 2007 y su Primer Plan Socialista (PPS) de Desarrollo Económico y Social de la Nación, 2007-2013 (Balza, 2007, 2008). El PPS y las Leyes del Poder Popular fueron conocidos y aprobados después del rechazo de la reforma en referéndum, quedando en discusión su compatibilidad con la vigente Constitución de 1999 (Balza, 2010). En esta ocasión, Maduro procede en orden inverso: el Plan de las 7T fue publicado y presentado a la Asamblea Nacional para su aprobación como Ley Orgánica, antes de develar el Proyecto de Reforma, tras una década ejerciendo el poder “constitucional” de desaplicar leyes, concedido por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) al avalar Decretos de Emergencia Económica entre 2015 y 2020 y por una Asamblea Nacional Constituyente en funciones entre 2017 y 2020 que, sin proponer una reforma constitucional, aprobó una denominada Ley constitucional antibloqueo para el desarrollo nacional y la garantía de los derechos humanos, vigente desde 2020.

Las 7T remiten, según nota de prensa de la Asamblea Nacional del 19 de febrero de 2025, al “nuevo modelo económico, lo concerniente a los servicios e infraestructura, seguridad ciudadana y defensa, protección social, revolución comunal, ecosocialismo y geopolítica de paz”. Según los “jefes parlamentarios”, dice la nota, el Plan “… recoge la esencia de los cinco objetivos históricos plasmados en el Plan de la Patria, y es la continuidad colectiva con sentido crítico del aprendizaje de la Revolución Bolivariana”.  El PPS también tenía siete líneas generales: nueva ética socialista, suprema felicidad social, democracia protagónica y revolucionaria, modelo productivo socialista, nueva geopolítica nacional, Venezuela: potencia energética mundial y nueva geopolítica internacional. La continuidad es reconocible en múltiples aspectos de ambos planes y en el anuncio de novedades hecho por Maduro en su discurso sobre el Proyecto de Reforma Constitucional de 2025.

Para hacer una comparación, citemos del PPS el objetivo de “… desarrollar el nuevo modelo productivo endógeno como base económica del socialismo del siglo XXI y alcanzar un crecimiento sostenido” declarando que:

[…] el Estado conservará el control total de las actividades productivas que sean de valor estratégico para el desarrollo del país y el desarrollo multilateral y de las necesidades y capacidades productivas del individuo social. Esto conlleva identificar cuál modo de propiedad de los medios de producción está mayormente al servicio de los ciudadanos y quiénes la tendrán bajo su pertenencia, para así construir una producción conscientemente controlada por los productores asociados al servicio de sus fines.

Sin repasar detalles relacionados con la pretendida eliminación de la “división social del trabajo” y la “disyuntiva” entre necesidades y producción, o con el papel de las Empresas de Producción Social y de los Consejos Comunales en la planificación y control de la economía, destaca el rol central atribuido a un Estado que define una “nueva ética socialista” y una democracia “protagónica y revolucionaria”, con antecedentes identificables en discursos comunistas de Cuba y China compatibles con ideas de Chávez, documentadas antes del golpe de Estado del 4 de febrero de 1992 (Balza, 2009).

Casi dieciocho años después, uno de los focos de acción de la transformación económica, primera de las 7T, es un “nuevo modelo económico post guerra”, para lo cual se planifica:

[…] direccionar la construcción del modelo económico post rentista para, a partir de las condiciones generadas por la guerra, evitar la reconstrucción de la lógica del capitalismo, que es la base de la guerra económica y consolidar la ruta del socialismo, soberano, independiente y resiliente, esto implica nuevos actores productivos, sistema de insumos, distribución, precios y metabolismo del capital.

Como un “elemento transversal” y “vertebral” de este nuevo Plan:

[…] se asume […] la transformación revolucionaria del Estado para la irrupción definitiva del Estado popular, participativo y comunal, garantizando el control popular y la transferencia de competencias para el combate a la ineficiencia, el burocratismo y la corrupción, desde la participación plena del pueblo organizado en la planificación, acción, seguimiento, control y gestión conjunta pueblo-Gobierno.

A este Estado se refiere el Plan de las 7T al pretender, por ejemplo:

  • Garantizar la hegemonía del Estado sobre la producción nacional de petróleo y la participación mayoritaria de PDVSA en las empresas mixtas.
  • Control estatal de las actividades conexas y estratégicas de la industria petrolera.
  • Defensa de la propiedad del Estado sobre los recursos estratégicos no petroleros […], así como el desarrollo sustentable y sostenible de las capacidades de aprovechamiento de los mismos, en sus procesos de transformación y agregación de valor nacional, mediante adecuaciones al marco normativo vigente y alianzas para el desarrollo de tecnologías eficientes y de bajo impacto ambiental.
  • Fortalecer las capacidades del Estado para la determinación y fijación de precios justos para los bienes y servicios, que combata las prácticas de ataque a la moneda, acaparamiento, especulación, usura y otros falsos mecanismos de fijación de precios.

Parte esencial de lo anunciado en 2007 se desempaqueta como nuevo en 2025, añadiendo referencias al posrentismo y la posguerra. El Plan de las 7T incluye estas referencias en un párrafo dedicado a la “democracia económica” al “hablar”, no de “una gestión de gobierno, [sino de] una corriente histórica cuyo objetivo es asistir al proceso refundacional de la Patria”:

El epicentro en la generación de la renta, y las formas de organización del aparato económico y el metabolismo del mismo. En noviembre de 2012, el Comandante Chávez alertaba sobre el ciclo de construcción de las bases materiales y financieras del socialismo. El término guerra económica es definido por el Comandante Chávez. Las primeras perturbaciones de la moneda, inflación, desabastecimiento ocurren en el 2012. Preparaban las condiciones de la guerra. Familias de los apellidos, cómplices, hacían los primeros ensayos. Este ciclo histórico, es el de la democracia en lo económico. En el mismo, decretaron la guerra para afectar la capacidad de generación y redistribución de la renta. En el proceso, todo el metabolismo de su modelo entró en crisis. Es decir, un modelo ya caótico, el del capitalismo, hizo entropía y colapsó aún más. El secar las fuentes de recursos para las importaciones obliga a la producción nacional, la dependencia tecnológica lleva a la sustitución de importaciones. Del rentismo petrolero y su crisis con solo un 1% del ingreso, nace una cultura del trabajo. Este periodo histórico tiene en la economía las contradicciones a resolver, sobre ellas la agresión precipitó las mismas. Bien lo decía Bertol Bretch: ‘las revoluciones se producen en los callejones sin salida’.

El párrafo no reconoce posibles consecuencias negativas de haber establecido controles de precios, ni de haber utilizado reservas internacionales y emisión monetaria para financiar gasto público (Balza, 2012; 2013; 2018). El Plan de las 7T menciona “un 1% del ingreso” como indicador de crisis del rentismo, sin que sea posible hacer una revisión detallada del periodo recurriendo a las cuentas nacionales, la balanza de pagos, las encuestas de hogares y el presupuesto nacional, por ejemplo, que a pesar de importantes omisiones todavía se publicaban en 2012. En su lugar, el Plan  de las 7T “… define al Sistema Estadístico y Geográfico como forma de indicadores científicos para la evaluación y diseño de políticas públicas revolucionarias”, sin que la publicación de resultados y comparabilidad metodológica sean objetivos declarados.

El Proyecto de Reforma Constitucional de 2025 se presentará con menos información pública que el de 2007, pero con similar abundancia de discursos y piezas publicitarias a su favor, expresión del ya antiguo culto a la personalidad que acompaña la concentración del poder. Actualmente, por ejemplo, fotografías de menores de edad con labio leporino, antes y después de ser operados, son mostradas recurrentemente por televisión nacional ilustrando las angustias y alegrías de sus padres. Voces de personas mayores y sus hijos se escuchan por radio, celebrando haber recibido marcapasos, con voces de médicos informando la adquisición de nuevos equipos hospitalarios. Estas piezas reiteran que la atención recibida de la salud pública fue posible por su culpa, Presidente”, en alusión directa a Maduro.

Siendo hijo de un cirujano del Servicio de Cirugía Cardiovascular del Hospital Universitario de Caracas (HUC), también médico del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), reconozco en esta campaña publicitaria una novedad. En 1986, papá me dio una lista con estadísticas de al menos 721 implantes de marcapasos, registrados en una computadora del Servicio, con la que hice mi tesis de bachillerato. La identidad de los pacientes y familiares se mantenía en reserva, sus sentimientos eran privados y se compilaban cifras para hacer estudios que permitieran mejorar resultados. Ninguno de los especialistas, residentes, enfermeras y enfermeros que conocí, antes y después de 1986, culparon en los medios de comunicación a un presidente por haber atendido a sus pacientes.

¿Qué novedades traería la aprobación en referéndum de una constitución promovida por un grupo que concentra todos los poderes? Una constitución hecha a la medida de los redactores de la llamada Ley Constitucional Antibloqueo podría ratificar los mismos privilegios que ya se concedieron y ampliarlos, sin que ocurran mayores cambios en los modos ya conocidos de ejercicio del poder. Una reforma podría suprimir señaladas discrepancias en la interpretación del texto constitucional de 1999, expuestas reiteradamente ante el TSJ y fuera de él. Los poderosos podrían decir, ahora sí, que todas sus actuaciones están previstas en su constitución y son, por fin, constitucionales sin que sea constitucionalmente posible negarlo. Esta podría ser la principal, y quizás la única, novedad que traería una reforma constitucional en 2025.

 

Referencias

 

BALZA, R. (2007): “Aspectos económicos del Proyecto de Reforma Constitucional”. En: La Reforma Constitucional a debate: preguntas y propuestas. Separata revista SIC. Caracas: Centro Gumilla. Pp. 17-20.

 

BALZA, R. (julio, 2008): “La mayor suma de felicidad posible y el Socialismo del siglo XXI”. En: revista SIC, año LXXI, No. 706. Caracas: Centro Gumilla. Pp.  259-270.

 

BALZA, R. (2009): “Del golpe de estado al Socialismo Bolivariano: ‘primer período de transición del comunismo o de la construcción del socialismo’”. En: Revista sobre Relaciones Industriales y Laborales, N° 45, IIES-UCAB. Pp. 33-82.

 

BALZA, R. (agosto, 2010): “Menos poder para la gente: Comunas y comunismo en el siglo XXI”. En: revista SIC 727. Caracas: Centro Gumilla. Pp. 302-305.

 

BALZA, R. (junio, 2012): “Intervenciones peligrosas: Antecedentes y costos de los precios justos”. En: revista SIC, año LXXV, No. 745. Caracas:Centro Gumilla. Pp.  205-207.

 

BALZA, R. (2013): “Del Fondo Anticíclico al FONDEN en las Leyes del BCV”.  En: Las ciencias sociales: perspectivas actuales y nuevos paradigmas. VII Jornadas de investigación del IIES-UCV.

 

BALZA, R. (2018): “La hiperinflación y el Plan de Recuperación Económica, Crecimiento y Prosperidad”. En: Prodavinci, 15/08/2018.

*Ronald Balza Guanipa. Economista. Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la UCAB

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