Por Mercedes Malavé*
Luego de haber vivido los acontecimientos alrededor de la Cota 905, y el presunto desmantelamiento de mega-bandas criminales que operan en alianza, no solo en la Gran Caracas sino también en varios territorios del país, lo lógico sería que, a cualquier político venezolano, funcionario público, abogado o activista de derechos humanos, le interpele fuertemente el segundo artículo de nuestra constitución nacional:
Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
¿Qué nos pasó? ¿Por qué hemos llegado a tales niveles de descomposición social? ¿Cómo ha sido la relación entre autoridad, Estado venezolano y delincuencia organizada? ¿Cuál es el mensaje y meta-mensaje que envía el Gobierno nacional a estas bandas criminales que operan en el territorio nacional?
Pentacrisis
Desde el Instituto de políticas públicas “Arístides Calvani”, IFEDEC, que preside el Dr. Eduardo Fernández, reiteramos en innumerables foros y espacios de reflexión política, que el país atraviesa por una crisis poliédrica que no puede atenderse sino desde un abordaje omnicomprensivo y profundo, social y antropológico a la vez. Mínimo podemos decir que se trata de una “pentacrisis” que comprende el fracaso del modelo político (confrontación, lucha de clases), económico (hiperinflación, alto costo de la vida, desempleo), social (miseria, hambre, enfermedad, diáspora, inseguridad), cultural (destrucción del sistema educativo) y moral (altísimos niveles de corrupción, ausencia de valores democráticos de fraternidad, solidaridad, pluralismo, tolerancia, promoción del odio y el resentimiento social).
Una sociedad empobrecida y desprotegida, sin educación, fracturada, desarticulada y dividida en feudos de poder, no puede producir dinámicas sociales distintas a la violencia y la anarquía. Así lo reflejan los datos publicados por el Observatorio Venezolano de Violencia (OVV) en su último informe anual sobre la violencia:
En el año 2020 dos epidemias azotaron al país: la epidemia del COVID-19 y la epidemia de la violencia. La epidemia de la violencia en 2020 resultó once veces más letal que la del coronavirus. Todas las 24 entidades federales de la república están en situación de epidemia de violencia. De las 356 unidades sub-estatales que hay en el país, compuestas por los 334 municipios y las 22 parroquias del Distrito Capital, 286, que representan el 80 %, se encuentran en situación de epidemia de violencia. (Fuente: OVV).
Frente a semejante estado de descomposición humana y social, con tan altos niveles de violencia, el Estado no puede decretar la paz estableciendo que determinadas zonas del territorio nacional sean controladas por el bandidaje criminal. En 2013, el experimento social denominado programa de “Zonas de paz”, pretendió impulsar un proceso de desarme y reinserción social de delincuentes a cambio de supuestos empleos, insumos para la producción y asignación de zonas en las que ellos serían los responsables de la seguridad y el orden público. En lugar de paz proliferó y se consolidó la violencia: enfrentamientos entre bandas, proselitismo delincuencial, apertrechamiento de armas, extorsión, secuestros, homicidios, entre otros. En síntesis: promoción de la cultura de la muerte y de la violencia.
Dos artículos de la Constitución nacional prohíben claramente el Programa de las “Zonas de paz”; lo que demuestra la terrible contradicción jurídica y constitucional con la que el Estado venezolano no sólo enfrentó el problema de la violencia, sino también se relacionó con los violentos al margen de toda ley y principio de autoridad, lo que constituye un terrible mensaje que se emite al margen del Estado:
Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes. (Artículo 55, CRBV)
Sólo el Estado puede poseer y usar armas de guerra. Todas las que existan, se fabriquen o se introduzcan en el país, pasarán a ser propiedad de la República sin indemnización ni proceso. La Fuerza Armada Nacional será la institución competente para reglamentar y controlar, de acuerdo con la ley respectiva la fabricación, importación, exportación, almacenamiento, tránsito, registro, control, inspección, comercio, posesión y uso de otras armas, municiones y explosivos. (Artículo 324, CRBV)
Adicional a esto, el programa de las “Zonas de paz” fue un mecanismo completamente aislado de un programa socioeconómico, sin ningún tipo de campaña educativa y cultural, en medio del mismo clima de confrontación política, persecución, empobrecimiento, inflación y pérdida del poder adquisitivo del venezolano: “¿Qué le puedes pedir tú a un adolescente que no tiene padre (…) que no lo pueden llevar al colegio del barrio más cercano porque está la banda enemiga, que desde los 12 años tiene acceso a un arma?”, se preguntaba el pastor Frank Huiz, en entrevista concedida al medio de comunicación BBC1.
Cultura de la muerte
El portal InSight Crime relata cómo en enero de 2015, la Cota 905 fue incluida en el programa de “Zonas de paz” del Gobierno de Maduro
(…) mediante el cual las autoridades cedieron el control territorial a las organizaciones criminales, a cambio de que estas redujeran la violencia. Esta tregua se rompió en julio del mismo año con el inicio de la Operación Liberación del Pueblo (OLP), propuesta por Maduro, la cual consistió en una fuerte represión que marcó el regreso de la violencia policial y de las violaciones a los derechos humanos que se habían dado en el pasado2.
Son múltiples las denuncias por violaciones de derechos humanos perpetrados por cuerpos represivos del Estado venezolano producto del viraje emprendido, de las “Zonas de paz” a operativos de exterminio del hampa autorizados por el Jefe del Estado:
La primera Operación de Liberación del Pueblo (OLP) que se desarrolló en la Cota 905, ubicada en la parroquia San Juan, Caracas, dejó 15 víctimas en el primer operativo. Sin orden de allanamiento, los funcionarios usaron indebidamente sus armas y mataron desde ese día, y hasta marzo de 2017, a 505 ciudadanos, según una investigación del Ministerio Público. Por estos homicidios se les abrió expedientes a 1.074 efectivos. Funcionarios de la Guardia Nacional (GN), de la Policía Nacional Bolivariana (PNB), del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) y del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) ingresaron con armamento de alto calibre y sus rostros cubiertos con pasamontañas y máscaras de calaveras a la Cota 905, con el fin de detener a Carlos Luis Revete, alias “el Coqui”, el pran de la zona, y también a los miembros de su organización.3
De un extremo a otro, con programas y operativos contradictorios entre sí, al margen de la ley y del respeto a los derechos humanos, la relación del Estado venezolano con la delincuencia y el crimen organizado carece del más mínimo sentido de coherencia, autoridad, derecho, justicia y buenas prácticas de reinserción y saneamiento social. Los problemas del país continúan intactos; la “pentacrisis” no hace sino revelar niveles de descomposición que se aceleran exponencialmente.
Es el Estado social de derecho y de justicia lo que debemos rehabilitar en función de la paz social. Un auténtico programa de seguridad ciudadana y prevención del delito debe estar enmarcado, indefectiblemente, en la Constitución nacional; y debe, desde luego, garantizar el respeto a los derechos humanos fundamentales, como también lo exige nuestra Carta magna. Además, dichos programas deben atender áreas prioritarias que hoy en día han sido absolutamente abandonadas por el Estado venezolano, tales como la prevención social, con énfasis en programas dirigidos a los jóvenes; prevención situacional que cubre principalmente la rehabilitación de zonas urbanas con participación de las comunidades; promoción de actividades del sistema de justicia penal con propósitos disuasivos; dignificación del sistema penitenciario en sus diversas funciones, incluyendo las de reinserción; y la cooperación vecinal.4 Toda iniciativa debe ser de carácter transversal, que parta de la educación y acabe en el espacio público, sin descuidar, claramente, el ámbito doméstico. Además, tales programas deben incluir la formación integral de los cuerpos de seguridad y atento seguimiento a los temas de transparencia y eficiencia del sistema de justicia.
Por encima de todo, atendiendo al abordaje profundo y omnicomprensivo que exige la “pentacrisis” que atraviesa Venezuela, está la necesidad de un gran acuerdo político de salvación nacional que dé paso a la reconstrucción de Venezuela. Mucho se habla de la necesidad de promover acuerdos que permitan la recuperación económica del país. Si esto es así para atraer la confianza de inversionistas nacionales y extranjeros, también lo es para la recuperación de la estabilidad, la paz y el orden social en Venezuela. Son muchas las experiencias exitosas en políticas públicas de seguridad ciudadana y prevención del delito que podrían inspirarnos, pero todo ello será posible luego de iniciar un proceso de reinstitucionalización democrática que sea fuerte, decidido y profundamente patriótico.
*Doctora en Comunicación Social Institucional. Profesora universitaria. Dirigente político.
Notas:
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Pardo, D (2015): Cómo se vive en las zonas de paz de Venezuela bajo control de los “malandros”. BBC Mundo. 28 julio 2015. En: www.bbc.com/…
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Insight Crime en 9 julio 2021. En: https://www.infobae.com/…
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Galaviz, D. (2020): Las OLP cumplen cinco años tras una estela de violación de DDHH. Infobae. 13 de julio 2020. En: https://elpitazo.net/…
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Documento para discusión IDB-DP-245, Banco Interamericano de Desarrollo, 2012.