Las organizaciones no- gubernamentales de derechos humanos que suscribimos el presente pronunciamiento, integrantes de la coalición “Foro por la Vida”, expresamos nuestra profunda preocupación ante diversas acciones represivas del Estado venezolano en el contexto de las manifestaciones estudiantiles que se han realizado en los últimos días en diversas regiones de Venezuela.
El Estado está en el deber de prevenir las violaciones a los derechos humanos, de investigar con los medios a su alcance las violaciones que se hayan cometido a fin de identificar a los responsables, imponer las sanciones pertinentes y asegurar a las víctimas una adecuada reparación.El ejercicio de la función pública tiene unos límites que derivan de que los derechos humanos son atributos inherentes a la dignidad humana y, en consecuencia, superiores al poder del Estado.
Si bien las organizaciones que suscribimos este comunicado reconocemos la obligación del Estado de mantener el orden público, debemos recordar firmemente que esta responsabilidad debe realizarse en estricto cumplimiento de nuestra Constitución y de los estándares internacionales en esta materia, tal y como se ha establecido en los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, adoptados por la Organización de Naciones Unidas.
Todas las medidas de restablecimiento del orden deben ser compatibles con los derechos humanos y los principios de una sociedad democrática. Tal y como lo establece el artículo 332 de nuestra Constitución: “Los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetarán la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna”.
El Estado venezolano está en la obligación constitucional de adecuar sus planes operativos de control del orden público al establecimiento del orden, disponiendo de diversos medios para el uso diferenciado de la fuerza, manteniendo el funcionamiento independiente del Poder Judicial,respetando y garantizando el debido proceso y la garantías judiciales de todas las personas, elaborando técnicas de control de multitudes que reduzcan al mínimo la necesidad de recurrir a la fuerza, empleando técnicas de persuasión, mediación y negociación; así como cumpliendo la prohibición constitucional del uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas, tal y como está consagrado en el artículo 68 de nuestra Constitución.
Las organizaciones de derechos humanos queremos ratificar el derecho que tienen todas las personas de ejercer su derecho a la manifestación de manera pacífica, tal como se encuentra consagrado en el artículo 68 de la CRBV. Rechazamos las pretensiones del primer mandatario de condicionar su ejercicio a la obtención de un “permiso” gubernamental, requisito que contradice la Constitución y las normativas vigentes, como la Ley de Partidos Políticos, reuniones y manifestaciones públicas, así como la interpretación de la normativa internacional realizada por la Organización de Naciones Unidas.
En consecuencia, rechazamos la política de criminalización de la protesta profundizada tras los acontecimientos del 12 de febrero de 2014, los cuales incluyen la presencia de agentes de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) y Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) armados en las manifestaciones, el uso de cuerpos parapoliciales para disuadir o disolver las manifestaciones con armas de fuego, el uso de sustancias tóxicas prohibidas en la manifestación, la detención arbitraria de centenares de personas, las humillaciones y maltratos recibidas por las personas privadas de libertad, la no información a sus familiares sobre el sitio y las condiciones de su retención, la incomunicación de manifestantes detenidos y la aplicación para un sector de los detenidos de regímenes de presentación en tribunales. El Ejecutivo Nacional tiene la responsabilidad de garantizar la vida e integridad de todas las personas que deseen manifestar tanto su apoyo como cuestionamientos a las políticas oficiales. Asimismo, debe investigar y sancionar a los responsables de los tres asesinatos ocurridos en el contexto de las manifestaciones del pasado 12 de febrero.
La ausencia de información en los contextos de manifestaciones masivas contribuye a generar incertidumbre y afecta sustantivamente el derecho a la información. La política sistemática de restricciones a la libertad de expresión contribuye al efecto de silenciar y censurar las informaciones y a sostener la autocensura y el miedo. Especialmente grave es la práctica de los funcionarios policiales y militares de censurar imágenes obtenidas por reporteros y ciudadanos o decomisar ilegalmente equipos de fotografía y video. Muchas veces estos hechos ocurren en el contexto de la represión a manifestantes o ciudadanos.
La progresiva descalificación, represión y criminalización de las manifestaciones es signo inequívoco de la desinstitucionalización del Estado venezolano que violenta las garantías de este derecho. Las personas se movilizan ante la ausencia de respuestas en las instituciones y son obligadas a reivindicar derechos en las calles. Pretender acallar y castigar las manifestaciones es una práctica que castiga doblemente a quienes se siente marginalizados por el Estado.
Las ONGs recordamos a las autoridades que tienen el deber de investigar de oficio y de manera inmediata la posible comisión del delito de tortura, el cual es un crimen de lesa humanidad de carácter imprescriptible. Asimismo, instamos al Estado al estricto cumplimiento del deber de identificar, ubicar plenamente a las personas detenidas y darles a acceso inmediato a sus abogados y familiares y mantener a los detenidos en sitios legales de detención. El incumplimiento de estos preceptos y principios configura el crimen de desaparición forzada de personas, expresamente prohibido por nuestra Constitución y el cual, también, constituye un crimen de lesa humanidad de carácter imprescriptible.
Las ONGs expresamos públicamente nuestro firme rechazo al manejo totalmente inadecuado por parte de altos voceros del Poder Ejecutivo sobre las evidencias que se han recabado en los procesos de investigación que deberían estar conducidos únicamente por el Ministerio Público y los órganos jurisdiccionales competentes. Con la presentación de esta información ante los medios de comunicación a nivel nacional e internacional, se han violado los estándares mínimos de investigación a que obligan el debido proceso y las garantías judiciales. Al mostrarse públicamente, tal y como lo hicieron el día jueves 13 de febrero, el Gobernador del Estado Aragua y el Sr. Presidente de la República, posibles armas utilizadas por los presuntos responsables de los crímenes, resultados balísticos o planimétricos, expresamente se ha roto la cadena de custodia de pruebas fundamentales en casos de investigaciones de graves violaciones de los derechos humanos.[1]
Asimismo, las ONGs vemos con especial preocupación la postura claramente prejuiciada a muy poco tiempo de haber ocurrido los hechos frente a la sede del Ministerio Público, que ha manifestado públicamente la Fiscal General de la República, acompañada del Ministro del Interior, Justicia y Paz y el Alcalde del Municipio Libertador. En los actuales momentos, el país vive una acentuada polarización y violencia, y por ello la legitimidad y credibilidad sobre las decisiones que se produzcan y que las mismas correspondan a la aplicación objetiva de la justicia es un elemento enormemente pacificador y conciliador.
Por ello, creemos que dado que la Fiscal General se ha considerado víctima por las presuntas agresiones cometidas en contra de su Despacho, ha calificado los hechos antes de producirse las investigaciones y se ha inclinado a una parcialidad, casi automáticamente, al determinar algunas responsabilidades en los mismos, abandonando la obligación que por principios se deriva de su mandato de actuar de manera independiente del Poder Ejecutivo y de otros poderes del Estado y de ser garante del debido proceso y de las garantías judiciales. El Estado venezolano debe dar plena garantía de una investigación independiente, objetiva y transparente de los graves hechos acaecidos el pasado 12 de febrero.
Finalmente, consideramos inaceptable el silencio de la Defensoría del Pueblo ante los graves hechos descritos y exigimos el cumplimiento de sus obligaciones de “velar por el efectivo respeto y garantía de los derechos humanos”, tal como lo establece el artículo 281 de la Constitución Nacional.
Por la Vocería del Foro por la Vida:
Centro para la Paz y los Derechos Humanos de la UCV
Caritas Los Teques
PROVEA