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Edificio Centro Valores, local 2, Esquina de la Luneta, Caracas, Venezuela.

Ilustres fallecidos en 2014: Elio Gomez Grillo

Roberto Martialay sj

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Referente emblemático y ayuda moral de quien se interesara en la regeneración penitenciaria, Elio Gómez Grillo se ha ido de entre nosotros a una edad avanzada, después de haberse empleado profesionalmente casi hasta el final de su vida. El profesor era hombre de amplia curiosidad cultural, si se mira la asidua aportación periodística sobre personas de actualidad o del pasado reciente. Pero lo que concentró su pasión estudiosa fue el tema penitenciario, llegando a fundar el Instituto Superior de Estudios Penitenciarios para formación de los agentes de prisiones desde vigilantes hasta directores de prisión. Con ello atinaba al punto neurálgico de la corrección del problema carcelario endémico en Venezuela. Pero el hecho político de que sus egresados no eran admitidos a estas funciones anuló el elevado propósito, hasta que por fin le fue impuesto el cierre del Instituto. Ello no impidió que se formaran en el mismo personas de valía en la misión de nuestras prisiones, destacando el alumno preferido, abogado Carlos Nieto Palma, que nos ha asediado con sus correos informativos misionales desde la ONG por él fundada ‘Una Ventana a la Libertad’. Estoy seguro de que él habrá comentado la muerte del maestro con la mayor competencia y cariño.

Gómez Grillo conocía las diferentes soluciones penitenciarias a nivel internacional, pero no estoy seguro de se decantara expresamente por alguna, cuando mantenía la idea más bien utópica de que ‘la mejor cárcel es la que menos se parece a una cárcel’. Lo que tenía claro es el anatema del sistema venezolano. Coloquialmente decía que los verbos de la cárcel venezolana son ‘ociar, matraquear, violar y matar’. Ello no le impedía estar de acuerdo en forma constructiva con los principios que por entonces elaborábamos desde el equipo carcelario de la Comisión de Religiosos de Justicia y Paz para la humanización del sistema penitenciario.

Los enunciaré por si son de utilidad al lector de esta crónica: Principio de humanidad, consistente en descubrir en cada interno de nuestras prisiones un ser humano afectado de un problema de particulares características condicionantes de su libertad ciudadana pero poseedor de todos los derechos que dimanan de la dignidad esencial de la naturaleza humana, que no está en potestad de nadie extinguir o pasar por alto. Ello se detallaba en la confección de un cuadro de derechos que debía ser expuesto en cada pabellón de reclusos réplica contradictoria de las prácticas usuales en nuestros centros penitenciarios. Principio de acercamiento, y en concreto acercamiento de la ciudad al centro reclusorio, acercamiento de los servicios de la justicia a los reclusos, acercamiento de la ciudadanía, en particular de los familiares y del voluntariado, en oposición al aislamiento de la masa penalizada de quienes puedan ver sus problemas reales y quieran ayudar a solucionarlos.

Principio de recuperación sobre la mentalidad de que el preso es alguien necesitado de ayuda pero no un maldito ni un perdido en el sentido absoluto del término, alguien de quien se puede esperar su regeneración con ayuda de la reflexión que el internamiento suscita en el penalizado. Sin olvidar el drama del inocente condenado injustamente por una justicia falible. Y en todo caso atención a la aplicación sana y diligente de la ley que prevé los Beneficios, facilitación de trámites en los casos de desatención y abandono; y aun liberación de aquellos reclusos que no están sentenciados, tras un prudente lapso de espera. Principio de realismo sin ignorar que las prisiones son instituciones caras, por lo  mismo que son soluciones tardías a problemas no previstos y que, bien gestionados, aportarían un servicio educativo en penales debidamente equipados de medios adaptados a esta solución extraordinaria. Sin multiplicar los excesivos gastos por hacinamiento irracional o por fugas en la administración y aplicando una gestión detallada que tiene en cuenta cada caso humano, que no se confunde con un número o con una pieza de almacén. El principio de esclarecimiento se refiere a la parte de responsabilidad que corresponde al elemento judicial, estimulando la conciencia de que un juez corrupto daña más a la sociedad que diez malandros sueltos, puesto que aquel ataca la regeneración de la justicia y produce la desesperanza del ciudadano que ve destruido el estado de derecho.

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Foto: EL UNIVERSAL.

El Dr. Elio Gómez Grillo tuvo en su momento el cargo de Director de la Sección del Congreso para el examen del Cuerpo Judicial. Ello dio un momento de expectación sobre la deseada expurgación de elementos sin la solvencia y la calidad de conciencia que requiere una función de la que dependen la libertad y los bienes de los ciudadanos. Fue una expectación fallida, porque los intereses creados impidieron que prosperara este procedimiento en manos del mejor penalista de la historia de Venezuela. Vista la ejecutoria de nuestro doctor, espero que el justo Juez le haya dicho: Ven a recibir el premio, porque estuve preso y te esforzaste por mi dignificación.

 

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