Arturo Peraza s,j*
La Asamblea General aprobó la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas: 143 países a favor, 11 abstenciones y apenas 4 países en contra. Sólo se opusieron: Estados Unidos, Canadá, Australia y Nueva Zelanda; y su razón es que les cuesta aceptar los derechos que los demás países reconocen a estos pueblos sobre tierra, territorios y recursos naturales. Goliat contra David hecho multitudes. Gulliver amarrado por los enanos de Liliput.
El concepto central es el de “derechos de los pueblos” que a diferencia de los derechos individuales (sin contrariarlos) se centran en los sujetos colectivos. Así lo expresa su solemne Proemio: “Afirmando que los pueblos indígenas son iguales a todos los demás pueblos y reconociendo al mismo tiempo el derecho de todos los pueblos a ser diferentes, a considerarse a sí mismos diferentes y a ser respetados como tales…”. Se trata del reconocimiento de la pluralidad de culturas y etnias.
Este reconocimiento de la diversidad se garantiza a través del principio de autodeterminación y autogobierno local de esos pueblos (artículo 4); el derecho a sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales (artículo 5); el derecho a practicar sus tradiciones y costumbres culturales (artículo 11); el derecho a enseñar sus tradiciones, costumbres, historia, idiomas (artículos 12, 13 y 14); el derecho a las tierras que tradicionalmente han poseído (artículo 26). Entre otros.
* Director de la revista Sic