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CIDH condena sentencia del Tribunal Constitucional de República Dominicana: La vergüenza y El peor de los muros

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena la sentencia TC/0256/14 del Tribunal Constitucional de República Dominicana emitida el 4 de noviembre de 2014, mediante la cual se declaró inconstitucional el instrumento de aceptación de competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), depositado en la Organización de los Estados Americanos (OEA) el 25 de marzo de 1999. La referida sentencia no encuentra sustento alguno en el derecho internacional, por lo cual no puede tener efectos. Lea también La vergüenza de Eduardo Jorge Prats y El peor de los muros de Matías Bosch.

CIDH condena sentencia del Tribunal Constitucional de República Dominicana

Washington, D.C. 6/11/2014 – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena la sentencia TC/0256/14 del Tribunal Constitucional de República Dominicana emitida el 4 de noviembre de 2014, mediante la cual se declaró inconstitucional el instrumento de aceptación de competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH?), depositado en la Organización de los Estados Americanos (OEA) el 25 de marzo de 1999. La referida sentencia no encuentra sustento alguno en el derecho internacional, por lo cual no puede tener efectos.

Durante los más de 15 años en que ha estado en vigencia la aceptación de la competencia de la CorteIDH?, República Dominicana ha actuado en las medidas provisionales y casos contenciosos sometidos a la CorteIDH? por violaciones a la Convención Americana que ocurrieron o continuaron ocurriendo con posterioridad al 25 de marzo de 1999.

La invocación por parte del Tribunal Constitucional de la excepción contenida en el artículo 46 de la Convención de Viena, conforme al cual una violación manifiesta a una norma interna de ”importancia fundamental” puede ser alegada como un vicio del consentimiento, resulta abiertamente incompatible con el derecho de los tratados, particularmente con los principios de buena fe y estoppel. En virtud del principio del estoppel, un Estado que ha adoptado una determinada posición, la cual produce efectos jurídicos, no puede luego asumir otra conducta que sea contradictoria con la primera y que cambie el estado de cosas en base al cual se guió la otra parte.

Tampoco existe base en el derecho internacional para entender que la sentencia del Tribunal Constitucional puede tener efectos en el futuro. La Convención Americana no establece la posibilidad de que un Estado que continúa siendo parte del Tratado se desvincule de la competencia de la Corte Interamericana. Así fue interpretado por la propia Corte, a la que corresponde pronunciarse sobre el alcance de su propia competencia. En palabras de la CorteIDH?, en ausencia de referencia explícita, interpretar la Convención en el sentido de limitar el alcance de la competencia de la Corte sería contrario al objeto y fin de la protección internacional de los derechos humanos.

Asimismo, la Comisión Interamericana expresa su profunda preocupación frente al pronunciamiento hecho por el Gobierno dominicano el 23 de octubre de 2014, en el sentido de rechazar la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) del 28 de agosto de 2014, en el caso de Personas Dominicanas y Haitianas Expulsadas vs. República Dominicana. La problemática sobre la cual trata esta sentencia ha sido monitoreada por la Comisión Interamericana por más de dos décadas a través de visitas, informes de país, audiencias, medidas cautelares, peticiones y casos. La visita más reciente tuvo lugar en diciembre de 2013. La Corte Interamericana ha emitido cuatro sentencias contra República Dominicana, tres de la cuales se relacionan con esta temática.

El rechazo del Gobierno dominicano a la sentencia del 28 de agosto tuvo lugar en un contexto de falta de cumplimiento por parte de República Dominicana con varias decisiones del sistema interamericano, en especial en lo relativo a las violaciones a los derechos humanos que resultan de la situación de discriminación estructural contra las personas de ascendencia haitiana que viven en el país.

El Estado dominicano expresa en el mismo pronunciamiento su compromiso con el Sistema Interamericano. Sin embargo, al desconocer sus obligaciones en materia de derechos humanos, voluntariamente contraídas a través de decisiones y acciones soberanas, el Estado dominicano contradice el compromiso expresado. Este tipo de acciones socava la protección que las personas sujetas a la jurisdicción del Estado dominicano tienen ante instancias internacionales de protección de los derechos humanos.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

La vergüenza

A raíz de la Sentencia TC 256/14 del Tribunal Constitucional (TC) respecto a la constitucionalidad del Instrumento de Aceptación de la Competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), muchos estudiantes y participantes en las redes sociales afirman que sienten vergüenza por este fallo.

Esto me acuerda un artículo reciente de Guillermo Sheridan donde cita un poema de Octavio Paz, en el que se refiere a la muerte de los estudiantes en Tlateltoco. En el mismo, Paz, ante la vergüenza de esta tragedia, incorpora a su poema un pensamiento de Marx: ”La vergüenza es ira vuelta contra uno mismo: si una nación entera se avergüenza es león que se agazapa para saltar”.

Para Marx, ”la vergüenza ya es una especie de revolución; […] La vergüenza es una especie de cólera hacia adentro”. La revolución que quiere Marx es la de los ”hombres libres, los republicanos” contra los filisteos; es decir, hacia ”la dignidad personal del hombre”, hacia el ”Estado democrático”.

En el caso dominicano, como afirma Sheridan respecto a México, ”no toda la nación tiene vergüenza”. Hay quienes –quizás la gran mayoría, si lo medimos partiendo de como casi todo el establishment político ha apoyado la sentencia del TC- se sienten orgullosos de como la República Dominicana, teniendo una Constitución que proclama su apego al Derecho Internacional (artículo 26); habiéndose adherido libremente a la competencia de la Corte IDH mediante un instrumento que no constituye un tratado internacional que requiera ratificación congresual; habiendo ratificado en los hechos la competencia de ese tribunal a través de la representación legal en causas y la nominación de una juez que finalmente fue incorporada al colegio de ese tribunal; teniendo una Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales que le reconoce valor vinculante a las decisiones de la Corte IDH; habiendo la Suprema Corte de Justicia reconocido la competencia de esta Corte en decisión que el TC cita como si el tribunal supremo hubiese invalidado dicha competencia; a pesar de todo ello –reconocido en los valientes y bien fundamentados votos disidentes de Ana Isabel Bonilla, Hermógenes Acosta de los Santos y Katia Miguelina Jimenez,- declara inconstitucional la adhesión a la competencia de la Corte IDH.
Y no es que esta decisión del TC vaya a tener ningún impacto en el plano internacional.

De acuerdo a la doctrina estoppel, el Estado no puede negar la verdad de ciertos hechos cuando ha adoptado una conducta jurídica contraria a dichas manifestaciones. La única manera para desvincularse de la competencia de la Corte, es la denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) como un todo.

Pero para ello, se requiere una reforma constitucional que efectivamente nos desvincule del sistema de protección interamericano de derechos humanos, pues la Constitución constitucionaliza la CADH en el artículo 74.3. Por lo tanto, la decisión de nuestros jueces constitucionales especializados no producirá ningún efecto sobre la competencia contenciosa de la Corte IDH. La Corte continuará conociendo los casos que se presenten contra República Dominicana. Así las cosas, si el Estado dominicano no cumple con las decisiones emitidas por la Corte IDH, ello acarrearía su responsabilidad internacional.
Pero lo peor de todo es que este flagrante desacato del TC y del Poder Ejecutivo a las decisiones de la Corte IDH tendrá consecuencias graves para el país, pudiendo acarrear sanciones que afectaran el comercio exterior, el turismo y la inversión. Es un grave retroceso que nos aislará de nuestros principales socios comerciales, Estados Unidos y Europa, y que nos someterá a constantes críticas en los foros internacionales.

Por demás, es una decisión irrealista, pues no toma en cuenta los factores del poder, el peso del lobby haitiano y caribeño en Estados Unidos y el hecho de que la prohibición del racismo, la discriminación y la apatridia son la base del Derecho Internacional. Así estamos perdiendo la gran oportunidad de tomar en serio la cuestión haitiana; aplicar adecuadamente el régimen constitucional de nacionalidad; repatriar con debido proceso a los inmigrantes irregulares; sancionar a las empresas que contratan mano de obra ilegal; dominicanizar y desarrollar la frontera; y encausar criminalmente a las autoridades que se dedican al tráfico ilícito de haitianos. La ley de países débiles como la República Dominicana es la ley y hemos echado por el suelo el único instrumento con que los David enfrentan a los Goliat: el Derecho. Qué vergüenza!

El peor de los muros

No se trata del muro que se ha propuesto para ser construido en la frontera domínico-haitiana, sino uno ya existente, con consecuencias más graves y trascendentales: el muro de la sin-razón.
La cuestión de la supuesta ”invasión pacífica” haitiana, el plan de ”fusión” de la Isla y la ”desintegración de la soberanía nacional”, están siendo funcionales a producir políticas y reglas de juego relacionadas con cualquier otra cosa menos con el problema migratorio-fronterizo. Y sus peores consecuencias las sufren no los haitianos, sino… los dominicanos.

Primero fue la práctica de desnacionalización comenzada en la década pasada, y que se vio condensada y llevada a política de Estado con la Sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional. Con ella no se atiende ningún problema migratorio ni la defensa de la soberanía, muchos menos de la dominicanidad, sino que se crearon dos nuevos y graves problemas: la aplicación retroactiva y abusiva de la norma (en este caso de 2010 hasta 1929) y el desconocimiento de la nacionalidad dominicana de decenas de miles de compatriotas nacidos y forjados en esta tierra como el que más.

Esto es tan evidente, que no pudieron declarar inconstitucional la Ley 169-14, lo que no costaría nada si los fundamentos y la racionalidad de aquella sentencia se sostuvieran por sí mismos, a prueba de todo análisis, denotando su carácter político-coyuntural.

Luego, y como consecuencia de aquella Sentencia improductiva (son sus defensores y apologistas quienes la tildan de”defensora de la nación”), la resultante crisis de relaciones internacionales.

Se ha obstaculizado (ya casi totalmente) la posibilidad de un acuerdo comercial en serio y en grande con Haití, que el presidente Danilo Medina trataba de impulsar para el bien del desarrollo integral del país e, incluso, la seguridad nacional; se ha minado el progreso de las relaciones con la comunidad caribeña, en las cuales tanto esfuerzo había invertido el fallecido ex canciller Morales Troncoso en función de abrir mercados y oportunidades a Rep. Dominicana.

Con esta crisis y la agitación de los fantasmas de conflictos irrelevantes, tanto de un lado como de otro de la frontera –a lo que de manera elegante pero contundente se refirió el presidente Medina en su discurso en la ONU-, no hay otro perjudicado que el pueblo dominicano, sus oportunidades de empleo, aumento de la producción, del comercio y por tanto de desarrollo y bienestar.

Cuando Trujillo era el dueño del país este discurso servía, porque suyo era el monopolio del azúcar y mantenía a raya el costo de la mano de obra y la competencia de otros países cercanos, pero ya no hay monopolio ni el azúcar es mercancía principal, ni tiene mercados internacionales cautivos. Con esto sólo pierde el país.

Y, ahora, ha venido el último de los extremismos y ejercicios de la sin-razón. Ante el aplauso de la mayoría de quienes componen la llamada ”clase política”, bajo la supuesta (otra vez) ”defensa de la soberanía”, de ”la Constitución” y los”poderes públicos”, se ha dado por bueno y válido que otra sentencia del Tribunal Constitucional anule la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el territorio dominicano.

De lo que no se hablado –vaya usted a saber por cuál razón- es de tres asuntos críticos implicados en este hecho:

1) Que la Sentencia previa de la CIDH no trata sobre si Haití es mejor que República Dominicana o sobre si hay que fusionar la Isla, sino casos concretos, con nombre y apellido, de violación de derechos humanos de dominicanos (nacionalidad, libertad, protección de la familia, entre otros), lo cual ha sido sencillamente silenciado y puesto bajo la alfombra, como tema sin la menor importancia;

2) el eliminar la competencia de la CIDH deja a los dominicanos y dominicanas sin la protección de la única instancia supranacional latinoamericana que ejerce protección de los Derechos Humanos (buena o mala). ¿De qué sirve que el Estado reconozca aún la Convención Americana de Derechos Humanos, si desconoce la única corte creada para preservarlos y definir sanciones en caso de su transgresión? Para dar una idea de lo que está en juego: ¿Acaso ya se supo quiénes fueron y se sancionaron a los que desaparecieron a Narciso González –Narcisazo- en 1994, o ya se abrió la investigación judicial para sancionar a los responsables políticos del crimen de lesa patria que es la muerte de miles de niños en hospitales públicos?; y

3) y lo peor, la decisión de declarar inconstitucional el Instrumento de Aceptación firmado por el jefe del Estado dominicano en 1999, se ha hecho con tan notoria ausencia de argumentos y legitimidad, que para ello han tenido que acudir, nueva vez, a violar el principio universal de irretroactividad de la ley, utilizando la Constitución de tres años después, es decir, 2002.

Si la Sentencia emitida por la CIDH era cuestionable, el camino correcto era el institucional, con apego irrestricto tanto a la ley doméstica como al Derecho Internacional. Cuando países vecinos han renunciado a la competencia de organismos multilaterales de los que son signatarios, no lo han hecho para desligarse de sentencias condenatorias en materia de Derechos Humanos ni violando los más elementales principios jurídicos.

Eso suena a huída, no a acto de valentía y dignidad. Joaquín Balaguer, gobernante de los sangrientos doce años y pieza clave en las políticas anti-haitianas, parece haber tenido más juicio de la realidad, toda vez que fue en su mandato que República Dominicana se hizo signataria de la Convención Americana de Derechos Humanos, en 1977.

Si lo que se quiere es preservar la soberanía nacional y solucionar el problema fronterizo-migratorio, el camino no son sentencias que afectan la dignidad y derechos de las personas, ni la solidez institucional del país; mucho menos prácticas y políticas que afectan su crecimiento, desarrollo y oportunidades de mayor bienestar. Lo que se requiere es menos retórica y sí más Patriotismo serio: políticas razonables, eficaces, con resultados verificables, fundamentadas en estudios rigurosos, e inteligencia estratégica para construir Estado e instituciones.

Cualquiera que visita la frontera dominicana hoy, puede ver que –al igual que cuando Trujillo y Balaguer- en pocos países han coincidido de manera tan espectacular el discurso sobre el ”enemigo externo” y la histeria sobre una ”invasión”, con una inexplicable precariedad, desidia y desinterés en cómo son administradas fronteras, seguridad, migración y comercio, resaltado esto en hechos cotidianos como que pasar la puerta a República Dominicana no cuesta más que 100 pesos.

Sería bueno re-orientar una pequeña proporción de las energías, medios y recursos que se llevan gastando por más de ochenta años en políticas fracasadas de cazar fantasmas, que sólo atentan contra el interés nacional (además de inhumanas), y dedicarlas a mejorar las capacidades del Estado en materia fronteriza, migratoria y orden interior. Es mucho más eficaz y razonable; o un día nos sorprenderemos con que, arrastrados por miedo y emociones, hemos permitido que se construya (otra vez) un muro para encerrarnos a nosotros mismos. ¿Quién se atreve a romper la cadena?

Fuentes:

  • Organización de los Estados Americanos: Clic Aquí
  • La vergüenza, por Eduardo Jorge Prats Clic Aquí e.jorge[@]jorgeprats.com
  • El peor de los muros, por Matías Bosch: Clic Aquí

 

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