Por Luis Xavier Grisanti | *@lxgrisanti
El 17 de septiembre de 1917, Gumersindo Torres fue designado ministro de Fomento, bajo la administración del general Juan Vicente Gómez. A partir de su designación, a tenor de Ley de Minas y el primer Decreto Reglamentario del Carbón, Petróleo y Sustancias similares de 1918, y de la Ley de Hidrocarburos de 1920 y sus Reglamentos, comenzó a ordenarse mejor el otorgamiento de concesiones petroleras y la administración de la naciente industria de los hidrocarburos.
El 1ro. de julio de 1918, el ministro Torres creó la Dirección de Minas del Despacho de Fomento, antecesora del futuro Ministerio de Minas e Hidrocarburos (ver artículos: Cipriano Castro y el petróleo y 100 años de la Ley de Hidrocarburos I).
La nación inició una larga etapa de procura de una participación fiscal justa y equitativa para el Estado, la cual concluirá, gradualmente, el 29 de agosto de 1975, cuando el Congreso Nacional sancionó la Ley que Reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos (Ley de Nacionalización), propuesta por el presidente Carlos Andrés Pérez.
El Decreto Reglamentario de 1918 introdujo por primera vez el concepto de reversión en las concesiones petroleras. Una cláusula determinó que sólo la mitad del espacio de la concesión fuese explotada por el concesionario privado, mientras que la otra mitad debía constituir una reserva nacional a revertir en el futuro.
Otro artículo estipulaba que al caducar la concesión “el Gobierno no estará obligada al pago de las mejoras de ninguna especie, sino que recibirá la mina con todos sus edificios, maquinarias y obras anexas”. Este principio será invocado en la Ley de Bienes Afectos a Reversión de 1971, iniciativa del entonces diputado Álvaro Silva Calderón, cuando faltaban doce años para la extinción en 1983 de las concesiones concedidas conforme a la Ley de Hidrocarburos de 1943.
Los instrumentos legales interpuestos por el ministro Torres van a estar presentes en todas las siguientes leyes de hidrocarburos y sus reformas a partir de entonces, así como en la propia Ley de Nacionalización, a saber: la propiedad por parte de la nación de las riquezas del subsuelo; el principio de que la explotación del petróleo debe contribuir al desarrollo económico e industrial del país; la búsqueda de una participación fiscal justa (regalía, impuesto sobre la renta y otros tributos); la necesidad de preparar cuadros técnicos y gerenciales compuestos por venezolanos; la remuneración justa a los trabajadores y técnicos de la industria, incluyendo los beneficios sociales y derechos a la cesantía y jubilación; la conservación de los recursos naturales no renovables y la protección del ambiente.
El geólogo y académico de la ingeniería, Aníbal R. Martínez, refiere que, a partir de la Ley de Minas y del Decreto Reglamentario de 1918, y a la luz de los descubrimientos de yacimientos petrolíferos en Venezuela, se desplegó una intensa competencia entre los inversionistas de los Estados Unidos y el Reino Unido. El presidente estadounidense, Woodrow Wilson, apoyó a sus connacionales, e inclusive su Legación en Caracas comenzó a prestar “la ayuda legítima” a los “ciudadanos confiables y a los intereses responsables de Estados Unidos” en Venezuela, entre los cuales estaban los representantes de la empresa Maracaibo Oil Exploration, quienes recibieron diversos títulos en lo sucesivo.
El 30 de mayo de 1920, se funda en Delaware, Estados Unidos, la Creole Petrolum Corporation, filial de la Standard Oil of New Jersey. El 20 de agosto se registra en Canadá otra filial de la Standard Oil: Canada International Corporation. En las décadas siguientes, la Creole pasará a ser la mayor productora de hidrocarburos de Venezuela. En 1921, se incorpora la Standard Oil Venezuela y en 1922 se añade la Sinclair en Delaware.
El 22 de diciembre de este último año, la norteamericana Venezuelan Oil Concessions perfora el pozo Barrosos-2 en el área La Rosa en el gigantesco Campo Costanero Bolívar (Bolivar Coastal Field – BCF, denominación que van a tener en lo sucesivo los crudos de diferentes gravedades).
Las dimensiones del campo serán tan espectaculares que la economía venezolana mostrará una expansión descomunal a partir de este hallazgo. En marzo de 1923, se formó la Venezuelan Gulf Oil, también en Delaware y la Lago Petroleum, filial de la Standard Oil. Se fundó también la Compañía Venezolana del Petróleo, cuyos accionistas serán los miembros de la familia Gómez y sus amigos.
Después de la promulgación de la Ley de Hidrocarburos de 1920, se va a desencadenar una oposición por parte de las empresas concesionarias que a la postre dará lugar a una reforma de la Ley en 1921 y la salida de Gumersindo Torres del Ministerio de Fomento (será restituido por Gómez como ministro entre 1929 y 1932).
La reforma de la Ley introdujo normas más atractivas para los inversionistas, aunque la regalía máxima se mantuvo en 15% y se introdujeron otras mejoras, a saber: la regalía puede recibirse en efectivo o en especie y se deben tomar precauciones para evitar daños físicos, incendios, desperdicios y pérdidas de cualquier índole.
Tirios y troyanos han considerado al Dr. Gumersindo Torres (1875-1947) no sólo como uno de los ministros más competentes y honestos en los gabinetes del general Gómez, sino uno de los más destacados de nuestra historia republicana; tanto, que el presidente de la transición democrática, general Eleazar López Contreras, lo designará primer contralor general de la República al crearse la institución en 1938.
Fuente: Reporte Católico Laico (RCL).